El emblemático Barrio Abajo también hará parte del Plan Especial de Manejo y Protección, PEMP, que originalmente era integrado por El Prado, Alto Prado y Bellavista.
La zona de influencia de este plan, conocido como MiniPot, fue ampliada de 202.9 hectáreas a 370.9 hectáreas. El Barrio Abajo es mirado como un territorio cultural en el que se encuentran Carnaval, Arte y Gastronomía.
Juan José Jaramillo, secretario de Cultura, Patrimonio y Turismo del Distrito, detalló que la inclusión de este sector hace parte de las correcciones del documento enviadas en marzo pasado al Ministerio de Cultura y el mismo incluye delimitación o demarcación del área objeto de protección, zona de influencia, niveles de intervención permitidos, entre otros aspectos.
El Ministerio de Cultura está proponiendo una conectividad con la cual se busca unir dos áreas patrimoniales de la ciudad y dinamizarlas, es por ello que teniendo en cuenta que el Centro Histórico cuenta con su plan especial de manejo y protección, el Barrio Abajo servirá de articulador con El Prado, Alto Prado y Bellavista.
Según el Distrito los inmuebles de conservación nivel 1 son 27, (Ver recuadro con listado) mientras que la Universidad Autónoma del Caribe en una reciente investigación que hizo los cifró en 118, aunque aclaró la institución universitaria, que se trata de un estudio netamente académico.
En general, los inmuebles con declaratoria de bien de interés cultural y los hasta ahora identificados con atributos para protección local en El Prado, Alto Prado y Bellavista están distribuidos de la siguiente manera: en el nivel 27 inmuebles; en el nivel 2, 826 y en el nivel 3, 1136, para un total de 1989 inmuebles.
Según Jaramillo, este listado está avalado por el Mincultura y el estudio que hizo la Autónoma sirvió de referencia.
Es de anotar, que la ciudad dispone de 17 inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural del ámbito nacional.

El proceso
En mayo de 2016, el Ministerio de Cultura devolvió al Distrito el PEMP de El Prado, Alto Prado y Bellavista, para que le realizara varias correcciones al documento y aclarara algunos aspectos como los beneficios del sector y la financiación de la renovación urbana.
El Distrito suscribió un contrato con la Universidad Autónoma- en septiembre de 2014- para la formulación de dicho PEMP cuyo contenido debía ajustarse a lo establecido en el decreto 763 de 2009 expedido por el Mincultura.
En respuesta a ese documento la Dirección de Patrimonio Cultural del Ministerio sugirió unas recomendaciones, entre ellas, precisamente la de ampliar la zona de influencia del sector, lo que implica, según el Distrito la realización de un trabajo de campo sobre una zona adicional a la inicialmente planteada.
Ante los requerimientos del Ministerio, el año pasado suscribieron un contrato con KGR Proyectos S.A.S. para el acompañamiento a la Secretaría de Cultura en la consolidación de acciones que permitan el manejo, protección, salvaguarda y sostenibilidad del patrimonio material inmueble del Distrito.
Mediante esta firma pudieron presentar la documentación requerida el pasado 23 marzo, en la Dirección de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, para su respectiva revisión técnica inicial y aprobación por parte del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, quien es la autoridad competente para proferir el acto administrativo por medio del cual se aprobaría el PEMP.

Aspectos técnicos y de financiación
Margarita Zaher, secretaria de Planeación del Distrito, al referirse a los aspectos técnicos, de financiación y jurídicos que se deben tener en cuenta, destacó que: como aspectos técnicos, se deben analizar y proponer acciones y proyectos urbanos y /o arquitectónicos que deban realizarse para solucionar la problemática del BIC (Bien de Interés Cultural) y garantizar hacia futuro su preservación y proyectar su valor. En especial, sobre aspectos relacionados con espacio público, movilidad, vivienda, equipamientos, turismo y otros que se consideren pertinentes.
Sobre los aspectos de financiación, se debe desarrollar una propuesta de manejo económico y financiero que genere viabilidad para la ejecución de los proyectos del PEMP y que permita la sostenibilidad del sector, así como estrategias e instrumentos para la generación de recursos para su conservación y mantenimiento.
Y en cuanto a los aspectos jurídicos, dice que se debe analizar el marco legal general y los instrumentos de planificación y gestión vigentes, con base en lo cual se determina una normativa urbanística especial (tratamientos, usos, alturas, índices de ocupación, aislamientos), una propuesta institucional que permita implementar las medidas del protección del bien, las competencias, mecanismos de coordinación, así como el proceso de seguimiento y evaluación posteriores.

Carga-beneficio
Según Zaher, uno de los objetivos del PEMP es generar proyectos que permitan mejorar las condiciones físico-espaciales del sector, lo cual redundará en beneficios sociales y económicos, no solo para sus habitantes, sino para la ciudad en general.
Zaher sostiene que el principio de cargas y beneficios que señala la ley indica que los costos de inversión de estos programas y proyectos, deben estar equilibrados con los beneficios que se generarán con las nuevas condiciones de desarrollo del sector, referentes, en especial, a los usos y el manejo adecuado de las alturas.
La Secretaria asegura que esta fase está en proceso de desarrollo y no solo contempla áreas al interior del sector, sino otras zonas que permitan aplicar instrumentos de gestión y financiación para el desarrollo urbano de manera equilibrada y realizar el reparto de cargas y beneficios.
Juan Jaramillo y Margarita Zaher coinciden en que el PEMP permitirá que el sector potencie y conserve sus valores patrimoniales, culturales y de identidad, lo que permitirá dinamizar económicamente el sector y atraer el turismo.
'Todos los habitantes del área a proteger, debemos ser partícipes de las acciones concernientes a la preservación del sector, siempre con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de la comunidad, mejorando igualmente su entorno físico'.
Consideran que la participación ciudadana es el eje principal del PEMP, pues esto permitirá identificar las dinámicas del lugar; y luego, en la etapa de la propuesta podamos construir proyectos conjuntos, contribuyendo así al fortalecimiento de la identidad y la memoria cultural.

Beneficios
La ley contempla tres estímulos actualmente para la conservación del patrimonio:
• Deducción del impuesto de renta ante la DIAN por gastos de intervención.
• Deducción en el Impuesto Predial y de Valorización, para lo cual deben cumplir con los requisitos del Estatuto Tributario Distrital de Barranquilla.
• Reestratificación de los servicios publico básicos.
• El PEMP contemplará otras figuras de estímulos para el conjunto urbano.
• El Distrito está a la espera de respuesta por parte de la Dirección de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, quien se encuentra realizando la revisión técnica inicial del documento técnico de soporte enviado y una vez que se hayan subsanado las observaciones, estarán atentos a que el Consejo Nacional de Patrimonio Cultura, emita acto administrativo por medio del cual aprobará el PEMP.

NIVEL 1: 27 inmuebles
1-Macautos-Casa Muvdi
2-Universidad Simón Bolívar-La Perla
3-Vivienda de la calle 66 No50-05
4-Corporación Autónoma Regional del Atlántico, CRA.
5-Salcedo y Angarita
6-Villa Heraldo
7- Casa Morisca
8-Casa Morisca
9-Triple A
10-Luciano Miguel Fernández Bacci
11-Jardines del Recuerdo
12-Hotel Majestic
13-Iglesia del Carmen
14-Museo Romántico
15-Caja de Compensación Comfamiliar
16-Politécnico Central
17-Oficinas Gases del Caribe
18-Bellas Artes
19-Villa Ema
20-Colegio Lourdes
21-Hotel El Prado
22-Vivienda de
la K 53 72-93
23-JM Lerva y CIA
24-Casa de Meira del Mar
25- Villa del Arte- Dirección de Estupefacientes
26-Sinagoga
27-Iglesia de la Inmaculada Concepción




















