El Consejo de Estado tendrá la misión de resolver una apelación que presentada en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo del Atlántico, a través de la cual se reconocen afectaciones para la comunidad por el funcionamiento del peaje Papiros.
El recurso fue interpuesto por el abogado Víctor Ríos, con el objetivo de establecer si es procedente la solicitud de desmonte definitivo de la caseta ubicada en la Vía al Mar, en el tramo que comunica a Puerto Colombia con Barranquilla.
“Es una decisión que respetamos, pero no compartimos, puesto que dejaron inconclusas las pretensiones de la ciudadanía, en especial del pueblo de Puerto Colombia, frente al conflicto con el peaje conocido como Papiros”, sostuvo el abogado Ríos en diálogo con EL HERALDO.
De acuerdo con el jurista, uno de los principales inconformismos frente a esta sentencia es que no se abordó el derecho colectivo de los consumidores, el cual fue propuesto por la parte coadyuvante.
“Esto resulta especialmente relevante porque, aunque actualmente los vehículos particulares no pagan, se sigue cobrando la tasa de transporte a los vehículos pesados. Por otro lado, no entendemos por qué, si se logró determinar que esta infraestructura no cumplía con la norma técnica, continúa operando de manera parcial”, indicó.
A renglón seguido, expuso que “si se otorgó un plazo de un año y nueve meses a las entidades involucradas para ajustar la infraestructura a la normativa, también debió contemplarse la suspensión total del servicio”.
Asimismo, alertó que la sentencia no resolvió qué ocurriría en caso de que, vencido ese plazo judicial, la infraestructura no se adecúe a la norma: “En consecuencia, quedaron múltiples dudas y los derechos colectivos sin una respuesta clara”.
En ese sentido, el jurista anotó que se dio la posibilidad que este peaje se ajuste a una norma técnica y esto “no soluciona los derechos colectivos de los porteños y barranquilleros; si este peaje se llegase a ajustar a un marco legal, a mediano o largo plazo se volvería a imponer una carga tributaria injusta y absurda precisamente por la cercanía entre una y otra caseta ubicadas en un tramo inferior a 14 kilómetro con el peaje de Puerto Colombia”.
La decisión del Tribunal
El fallo concluyó que sí hubo vulneración de derechos colectivos, aunque no ordenó el desmonte total de la caseta, como lo solicitaba la acción popular impulsada por la Procuraduría.
Esta decisión se produce luego de meses de tensión social en Puerto Colombia, donde habitantes y comerciantes han denunciado impactos en la movilidad, el turismo y la economía local.


