La doble demanda que interpuso Steven Char Ramos por su paternidad
EL HERALDO conoció detalles de la sentencia del pasado 9 de octubre de 2025, en la que el Juzgado de Familia de Bogotá determinó que Alejandro Char es el padre del joven bogotano de 33 años, luego de que manifestara el reconocimiento voluntario de la paternidad.
EL HERALDO revela nuevos detalles, incluida la totalidad de la sentencia, sobre el hijo reconocido de Alejandro Char Chaljub: Steven Castellanos Ramos, quien pasará ahora a llamarse Steven Char Ramos, de acuerdo con el fallo proferido por el Juzgado Primero de Familia de Bogotá el pasado 9 de octubre de 2025.
La historia se remonta a 1991 cuando Diana Magali Ramos Saavedra (madre de Steven) trabajaba en una constructora de la familia Char en Bogotá. Según lo conocido por este diario, Alejandro Char no era pareja de la señora Ramos Saavedra, sino que eran compañeros de labores. Sin embargo, en medio de esa relación que mantuvieron, Ramos Saavedra quedó en embarazo, del cual Char no tuvo conocimiento alguno solo hasta hace tres años.
Steven, nacido el 17 de junio de 1992, fue registrado por Jorge Eliecer Castellanos Moreno, quien figuró como su padre por 30 años hasta que en medio de una situación familiar la señora Diana Magali Ramos Saavedra les reveló tanto al supuesto padre como al joven que Alejandro Char era su verdadero progenitor.
Suministrada a EL HERALDO
Ante esto, Steven decidió contactar a Char Chaljub, en el año 2023 a través de sus representantes legales, para comunicarle en primera medida de su existencia y del parentesco que tenían, puesto que esto no fue de conocimiento de ninguna de las partes durante tres décadas.
Posteriormente, mediante apoderado judicial, Steven Castellanos Ramos decidió interponer doble demanda: una de impugnación de paternidad en contra de Jorge Eliécer Castellanos Moreno y una de investigación de paternidad en contra de Alejandro Char Chaljub.
Fechas clave del proceso
El 9 de mayo del año 2024 se admitió la demanda ordenando la notificación a los demandados. Mediante un auto del 15 de agosto de 2024, una vez surtido el traslado y resuelta la notificación, se fijó la fecha para toma de muestra de ADN.
La primera muestra se realizó en el laboratorio de la Universidad Nacional el 1 de octubre de 2024, en la cual se determinó que Jorge Eliecer Castellanos Moreno no era el padre biológico de Steven.
Sin embargo, frente a la prueba de ADN de Steven y Alejandro Char, el 20 de agosto del 2025 el Instituto Nacional de Medicina Legal remitió informe sobre la “no comparecencia a la diligencia del señor Alejandro Char Chaljub por lo que el procedimiento no se llevó a cabo”.
No obstante, ese mismo día, en memorial con fecha de 20 de agosto de 2025 radicado por el apoderado de Char Chaljub, se informó al despacho del reconocimiento voluntario de la paternidad del señor Steven Castellanos Ramos.
Por esto, el Juzgado determinó las decisiones clave: reconocer la verdadera filiación de Steven Castellanos Ramos luego del examen de ADN de Jorge Eliecer Castellanos y la manifestación expresa y voluntaria de Char Chaljub en reconocer al demandante como su hijo.
Suministrada a EL HERALDO
“De acuerdo con lo anterior, tenemos que el reconocimiento voluntario por parte del demandado de la paternidad de un hijo extramatrimonial, es decir, el reconocimiento del señor Alejandro Char Chaljub a Steven Castellanos Ramos, tiene efectos jurídicos por tratarse de una confesión y de una declaración unilateral y personal, siendo irrevocable, al efectuarse por una persona capaz y ser un acto libre y espontaneo”, se lee en el fallo.
Es importante decir que en esta providencia solo se definió lo que concierne al derecho de filiación, “no al de alimentos”, por lo que el despacho insistió en que “las acciones concernientes a la filiación persiguen una sentencia declarativa, por cuanto se limita a reconocer el vínculo que une al hijo con su padre, derecho fundamental enmarcado dentro del estado civil de las personas”.
Suministrada a EL HERALDO
Ante esto, Alejandro Char emitió un comunicado a la opinión pública en el que se pronunció sobre la sentencia emitida por el mencionado despacho judicial. En este, el alcalde aseguró que la decisión de reconocer voluntariamente al joven bogotano la tomó junto a su familia.
Fue enfático al sostener que “solo después de 33 años tuve conocimiento de la existencia de Steven, quien contaba con reconocimiento paterno de otra persona”.
Char también mencionó que, tras cumplir con los trámites pertinentes y los requerimientos de la ley, procederá de conformidad a lo que ordena dicha autoridad.