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El Ministerio de Salud estableció, a través de la nueva resolución 051 del 12 de enero de 2023, que las menores de 14 años podrán acceder al derecho al aborto sin la autorización de sus padres o representantes legales.

'Las niñas menores de 14 años pueden ejercer su derecho a la IVE (interrupción voluntaria del embarazo) de manera autónoma. Su deseo de interrumpir o continuar con el embarazo prima sobre los deseos de sus padres o representantes legales, aun si ellos no están de acuerdo con su decisión', se lee en el documento.

{"titulo":"Colombia celebra despenalización del aborto y recuerda que persisten barreras","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/colombia-celebra-despenalizacion-del-aborto-y-recuerda-que-persisten-barreras-942263"}

La resolución, publicada por el Ministerio de Salud este martes 17 de enero, adopta regulación para la atención integral en salud frente a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación.

Con esta nueva normativa, cualquier persona gestante puede practicarse un aborto legal, pues no se determina una edad mínima para acceder al mismo, ni autorización por parte de adultos.

{"titulo":"Ministerio de Salud reglamenta el etiquetado frontal en Colombia","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/minsalud-sanciono-resolucion-que-reglamenta-uso-de-sellos-octogonales-en-ultraprocesados"}

Respecto a los métodos abortivos, el Minsalud precisó que 'el legrado uterino o curetaje no es un método de elección para la IVE y es una técnica obsoleta que debe dejar de ser empleada. Solamente debe ser usada cuando no hay disponibilidad de otros métodos. Por lo tanto, los profesionales de la salud deben erradicar definitivamente su práctica lo antes posible y reemplazarla por las técnicas de aspiración'.

Se señala también que condiciones como la edad, el nivel de educación, la etnia, el nivel socioeconómico, la identidad de género, la condición de discapacidad o si se trata de población urbana o rural, definirán el enfoque de atención integral que se debe tener en cuenta al momento de realizar la IVE por parte de los prestadores y profesionales de la salud.

{"titulo":"Minsalud propuso desmontar progresivamente las EPS","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/ministra-de-salud-carolina-corcho-anuncio-el-desmonte-progresivo-de-las-eps-963585"}

El Minsalud recordó también las tres causales en las que se puede praticar la IVE luego de las 24 semanas de gestación, periodo de tiempo para realizar el procedimiento sin justificación alguna:

1. Riesgo para la vida o la salud física, mental o social de la mujer o persona gestante.

2. La existencia de una grave malformación del feto que implique que éste probablemente no vivirá.

3. Cuando el embarazo sea resultado de una conducta constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento.