El Heraldo
Archivo
Magdalena

Pico y cédula, toque de queda y ley seca en Santa Marta, desde el 9 de marzo

Mininterior avaló nuevas medidas ante aumento del covid e indisciplina social.

A partir de las 0:00 horas del próximo 9 de marzo y hasta el 18 del mismo mes, en Santa Marta se aplicarán disposiciones especiales para preservar la vida, la salud y la seguridad de las personas y las familias, ante la pandemia por el coronavirus.

Ley seca, toque de queda, pico y cédula y restricción de movilidad, entrarán en vigencia a partir del martes, a causa de indisciplina social e incremento de casos.

Lo anterior se da luego que el Ministerio del Interior aprobara el proyecto de decreto presentado por la Alcaldesa de Santa Marta Virna Johnson el cual contempla las medidas restrictivas.

El acto administrativo señala que en lapso de 9 días, los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadenas, locales comerciales, tiendas de barrios, y todos los espacios en los que se desarrollen actividades comerciales en Santa Marta, estarán abiertos hasta las 9:00 p.m.

Los restaurantes podrán prestar sus servicios a través de sus plataformas electrónicas para entrega a domicilios hasta las 11:00 pm.

Toque de queda

A partir del martes 9 de marzo, la libre circulación de todas las personas en la zona urbana y rural del Distrito queda restringida entre las 10:00 de la noche hasta las 4:00 a.m. y se mantienen las excepciones de movilidad de las personas del sector salud, domicilios, gastronómico, hotelero y demás actividades y/o labores autorizadas.

Asimismo, se decreta la Ley Seca por lo cual queda prohibido el expendio y consumo en sitios públicos de bebidas alcohólicas y embriagantes en todo el territorio urbano y rural en el horario comprendido entre las 10:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m.

Se mantiene la prohibición al consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en espacios públicos, en los estancos, estanquillos, tiendas y establecimientos no autorizados donde se expenda estas bebidas.

Pico cédula

La medida especial de pico y cédula vuelve a regir de acuerdo al último digito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de los ciudadanos de otras nacionalidades, que deban realizar la adquisición y pagos de bienes y servicios en los establecimientos bancarios y financieros, notarias, curadurías, Oficina de Instrumentos Públicos, Registraduría del Estado Civil.

También en supermercados, supertiendas, tiendas de cadenas.

El orden del pico y cédula es el siguiente:

9 de marzo (0, 1, 2); 10 de marzo (3,4,5); 11 de marzo (6,7,8); 12 de marzo (9,0,1); 13 de marzo (2,3,4); 14 de marzo (5,6,7); 15 de marzo (8,9,0); 16 de marzo (1,2,3); 17 de marzo (4,5,6) y 18 de marzo (7 8,9).

Esta medida no aplica para restaurantes, hoteles, parques recreacionales con espacios abiertos, quienes corresponderán y vigilarán que durante la permanencia de sus clientes cumplan con los protocolos de bioseguridad que son obligatorios y de responsabilidad individual.

Otras medidas

En el área urbana y rural de Santa Marta queda expresamente prohibido el cierre de vías públicas (tales como calles, callejones y similares), para realizar fiestas o reuniones sociales durante la vigencia de este decreto.

Con el fin de prevenir y controlar el contagio y mitigar sus efectos en todo el territorio rural y urbano del Distrito de Santa Marta quedan prohibidos los eventos y/o conciertos privados, fiestas o eventos sociales y celebraciones de carácter público, privados o clandestinos en los espacios abiertos o cerrados en los cuales no se pueda guardar el distanciamiento físico de dos metros cuadrados entre persona y persona.

Queda expresamente prohibido el uso de Pick Up, conocidos como “picós, en lugares públicos de la jurisdicción de Santa Marta.

Todas las personas que permanezcan en la zona urbana y rural de Santa Marta, deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas.

En Santa Marta no se podrán habilitar eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, no se permite el funcionamiento de discotecas y lugares de baile, ni el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.

Sin embargo, no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes ni el consumo en restaurantes, siempre y cuando cumplan con los protocolos de bioseguridad, las normas sobre aglomeraciones, las cantidades autorizadas y los horarios permitidos.

Tampoco queda prohibida su comercialización a través de plataformas digitales o domicilios, en las cantidades y los horarios permitidos.

 

Facebook
Twitter
Messenger
Whatsapp
Convierta a El Heraldo en su fuente de noticias
X
COMO REPORTAR A WASAPEA
1. Agrega a tu celular el número de Wasapea a EL HERALDO: +57 310 438 3838
2. Envía tus reportes, denuncias y opiniones a través de textos, fotografías y videos. Recuerda grabar y fotografiar los hechos horizontalmente.
3. EL HERALDO se encargará de hacer seguimiento a la información para luego publicarla en nuestros sitio web.
4. Recuerda que puedes enviarnos un video selfie relatándonos la situación.