La custodia, la cuota de alimentos y la frecuencia de las visitas son los principales temas a conciliar cuando hay una separación de pareja con hijos o hijas menores de edad.
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En el caso de la cuota alimentaria, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) explica que es una obligación que no se puede eludir, incluso si los progenitores no están casados legalmente.
La ley colombiana establece que, cuando el ingreso del padre o la madre obligado a pasar la cuota es de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), la cuota alimentaria puede ser hasta el 50 % del sueldo.
Dicho porcentaje se reparte proporcionalmente según el número de hijos. Es decir, la suma en pesos equivalente al 50 % no sería para cada hijo, sino para todos.
Cabe destacar que el 50 % es lo máximo que entregaría el padre o la madre obligado a pasar la cuota, cuando devenga un salario mínimo, según decida la autoridad. Sin embargo, en gran parte de los casos la cuota va desde el 20 % hasta el 35 %.
“En la cuota alimentaria se deben incluir no solo los alimentos, sino también los costos de vivienda (arriendo, servicios), educación, salud, vestuario, recreación, transporte y todo lo que el menor de edad necesite para para su desarrollo integral”, aclara el Icbf.
También explica que la cuota alimentaria se puede incrementar o disminuir cuando las circunstancias hayan cambiado y las necesidades del niño, niña o adolescente se hayan alterado; así mismo cuando las condiciones económicas del padre o madre se hayan modificado. En cualquier caso, el valor de la cuota de alimentos siempre se podrá discutir y modificar.
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Cuando hay incumplimiento de la cuota alimentaria se debe interponer una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación por el delito de inasistencia alimentaria, siempre y cuando exista una fijación previa de la cuota de alimentos.
Otra manera de denunciar el incumplimiento es acercándose a un centro zonal del ICBF para que un Defensor de Familia elabore la demanda para iniciar el Proceso Ejecutivo de Alimentos, que busca asegurar el pago de la deuda.
Cuota alimentaria en 2026
Teniendo en cuenta que para este año el Gobierno nacional fijó el salario mínimo en 1.750.905 pesos, la cuota máxima que un juez puede obligar a pagar a un padre o una madre es de $875,452, equivalente al 50 % de su sueldo mensual.
- Cuota alimentaria equivalente al 20 % del salario mínimo 2026: $350,181.
- Cuota alimentaria equivalente al 30 % del salario mínimo 2026: $525,271.
- Cuota alimentaria equivalente al 35 % del salario mínimo 2026: $612,816.


