Compartir:

A pocas semanas de que la Corte Constitucional falle sobre las demandas en contra de la Reforma Tributaria, aprobada el año pasado por el Congreso de la República e impulsada por el Gobierno, la Asociación Colombiana de Minería (ACM) resalta, con preocupación, que hay dos artículos de la ley que ponen en riesgo la viabilidad de los proyectos actuales y futuros.

{"titulo":"Reforma tributaria: Gobierno defendió la no deducibilidad de regalías","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/reforma-tributaria-gobierno-defendio-la-no-deducibilidad-de-regalias-1017161"}

Se trata del artículo 19 que establece la prohibición de deducir las regalías del impuesto a la renta, mientras que el segundo (artículo 10) instaura una sobretasa al carbón en escenarios de precios altos.

'La reforma sobrepasa la capacidad contributiva de las empresas mineras, haciéndolas inviables en escenarios de precios promedios, lo que podría comprometer el recaudo de mediano plazo y el gasto social, ya sea por el ajuste de los planes de producción o por el cierre de operaciones, asociado a la mayor carga tributaria', recalcó Juan Camilo Nariño, presidente de la ACM.

Agregó que prohibir la deducibilidad de las regalías desconoce su noción constitucional como una 'contraprestación', de acuerdo a lo establecido en los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, pues las regalías son un recurso público, que hace parte del patrimonio del Estado.

{"titulo":"Las medidas del Gobierno marchitan al sector minero colombiano: ACM","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/las-medidas-del-gobierno-marchitan-al-sector-minero-colombiano-acm-1026159"}

'Es un costo estructural de la operación minera sin el cual no podría generarse utilidades', sostuvo Nariño.

En ese sentido, expresó que la prohibición de deducir las regalías distorsiona el hecho generador del impuesto a la renta y, por lo tanto, afecta su núcleo esencial, toda vez que desconoce que el objetivo intrínseco de ese tributo es precisamente la obtención (en el año o período gravable) de ingresos susceptibles de producir incremento neto del patrimonio del contribuyente.

{"titulo":"Petróleo, carbón y cambio climático","enlace":"https://www.elheraldo.co/columnas-de-opinion/rafael-nieto/petroleo-carbon-y-cambio-climatico-columna-de-rafael-nieto-loaiza"}

'Los países de la Ocde y muchos otros que tienen actividad minera permiten la deducibilidad de las regalías. Esta es una práctica común a nivel internacional. Colombia, se convertiría en el único país a nivel mundial que no admite la deducibilidad de las regalías', señaló el presidente de la ACM.

Añadió que no deducir las regalías comprometería la viabilidad de muchos proyectos. 'Por ejemplo en una operación de carbón esta sola medida incrementa la Tasa Efectiva de Tributación (TET) de 88,1 % (en promedio) a 142,8 %. Eso significa que el impuesto capturará la totalidad de las utilidades del proyecto'.

{"titulo":"Reforma tributaria: se inicia audiencia en la Corte en demanda sobre regalías","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/reforma-tributaria-inicia-audiencia-en-la-corte-en-demanda-sobre-regalias-1016989"}

'De mantenerse vigente la norma, se reduciría el valor presente del recaudo por cuenta de las operaciones de carbón en $8,8 billones de 2022', manifestó.

Nariño expresó que la sobretasa al carbón, que es otra medida adicional a la no deducibilidad de las regalías, acentúa la inequidad y exceso de carga para el sector carbón en términos de capacidad contributiva.

'Además, es una norma que no cumple el principio de certeza tributaria establecido en el artículo 338 de la CP, pues contiene elementos que generan altas dudas y admiten múltiples interpretaciones, lo cual genera inseguridad jurídica', puntualizó Nariño.