El Heraldo
De 124 mil internos antes de la pandemia pasaron a 111 mil. Cortesía
Colombia

Decreto de excarcelación no dio los resultados esperados: Minjusticia

La ministra de Justicia indicó que esperaban a que cinco mil presos salieran, pero solo han salido mil.

La ministra de Justicia, Margarita Cabello Blanco, admitió este miércoles que el decreto de excarcelaciones para bajar el hacinamiento y prevenir una mayor propagación del coronavirus en las cárceles “no ha entregado los resultados esperados”.

“Aspirábamos a que 5 mil internos salieran y pasaran a detención domiciliaria transitoria, pero a la fecha solo han salido un poco más de mil y nos falta por resolver en los juzgados la situación de otros 2.500. Pero gracias a las medidas ordinarias sí han salido cerca de 5.000 en este lapso”, explicó la jefa de la cartera judicial en el seminario virtual de la Unión Europea ‘Las medidas alternativas a la privación de la libertad en tiempos de COVID-19 y retos para el futuro: seguimiento a la declaración de Montevideo’.

No obstante, Cabello destacó el “cambio de sentir de la sociedad y de las autoridades judiciales y fiscales” en cuanto a la necesidad de aplicar medidas alternativas a la detención intramural o carcelaria.

En el país, afirmó, se han adoptado medidas de carácter legal y administrativo para enfrentar el hacinamiento carcelario, una problemática de carácter estructural y que lleva ya cerca de 50 años.

“En Colombia contamos con 132 centros penitenciarios y antes de la COVID-19 teníamos una población carcelaria de 124 mil privados de la libertad. A la fecha hemos logrado reducir el hacinamiento y hoy tenemos 111 mil internos: 79 mil condenados y 32 mil sindicados”, dijo la ministra.

Reiteró que el Decreto Ley 546 de 2020, más conocido como de excarcelaciones, “no busca solucionar el problema estructural de hacinamiento, pero sí adoptar una medida humanitaria dirigida a proteger a la población privada de la libertad que presenta un mayor nivel de vulnerabilidad frente al contagio del virus”.

Admitió frente a las críticas que se le han hecho al decreto que este plantea “muchas exclusiones o excepciones”, pero sostuvo que “ha sido útil” en la medida en que ha permitido entender que pese a la presión social, “no todo se resuelve con medidas intramurales”.

Anunció además la funcionaria que está por salir un decreto para menores infractores de la ley penal.

Por último, en cuanto a contagios en las cárceles por coronavirus, indicó que de 111 mil privados de la libertad 1.178 han sido reportados como positivos, aunque todos son asintomáticos.

“Lo que sí tenemos claro es que esperamos seguir generando estrategias para solucionar la problemática del hacinamiento”, anticipó.

Ante la Corte

El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, Cajar, presentó el pasado 27 de mayo ante la Corte Constitucional una intervención ciudadana sobre el decreto de excarcelaciones.

En el documento, los penalistas aclaran que dada la necesidad de tomar medidas urgentes para tratar la situación de la población privada de la libertad, proponen que se declare la constitucionalidad general del decreto, “salvo algunas expresiones normativas que son las que, a nuestro juicio, se alejan de las disposiciones constitucionales en materia penitenciaria y carcelaria”.

Para el Colectivo, el decreto es “tardío” porque fue expedido tres semanas después de las manifestaciones realizadas por personas privadas de la libertad en distintas cárceles del país, “que concluyó luego de una respuesta del Inpec, de la que se desconocen sus detalles, en la que se presentaron 23 muertos y 90 heridos. Por su parte, al menos 15 casos de coronavirus en la Cárcel de Villavicencio fueron reportados”.

Pone de presente además el Cajar que “una crítica constante que se ha hecho es la exclusión de demasiados delitos, por lo que no contribuye realmente con el hacinamiento carcelario. El artículo 6 que establece dichas excepciones maneja alrededor de 80 modalidades de delitos, entre los que se destacan los delitos políticos, los delitos que tengan que ver sobre estupefacientes, algunos tipos de homicidios, algunos tipos de lesiones y algunos tipos de hurtos”.

Y concluye, por lo anterior, que el decreto “es mucho más restrictivo que la propia ley al momento de determinar los beneficiados”.

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