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Colombia

Condenado el Estado por ‘chuzadas’ a exmagistrado Iván Velásquez

La Presidencia señaló al investigador de la parapolítica de intentar manipular testigos para que declararan en contra del entonces jefe de Estado. 

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó al Estado a pagar $370 millones y rendirle un acto de desagravio público al exmagistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, Iván Velásquez, recordado por haber adelantado las investigaciones por parapolítica en el alto tribunal.

El extinto DAS y el Departamento Administrativo de la Presidencia, Dapre, deberán reparar los daños causados por las interceptaciones y seguimientos ilegales de los que fue víctima.

El acto de desagravio deberán encabezarlo el director del Dapre, Diego Molano y el director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, Camilo Gómez. "En el acto, se deberá ofrecer excusas a la víctima, bajo la promesa de no repetición", se lee en el comunicado emitido por el Consejo de Estado.

En primera instancia, el proceso fue conocido por un juez administrativo de Bogotá, quien negó las pretensiones de la demanda de Velásquez, quien advirtió que las 'chuzadas' pretendían desprestigiarlo.

En la apelación, el exmagistrado advirtió que funcionarios del DAS adelantaron actos de persecución en su contra tendientes a generar su desprestigio, en asocio con paramilitares; añadió que la Procuraduría permitió que los hechos no fueran sancionados y precisó que el Ministerio de Defensa también es responsable, debido a la infiltración de su esquema de seguridad y a que las interceptaciones fueron producto de un acuerdo entre funcionarios de la Policía Nacional y del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía (CTI).

"Se afectó el derecho a la honra, buen nombre e intimidad de Iván Velásquez", resolvió el tribunal y para sustentarlo dio cuenta de "la publicación de un comunicado de prensa por parte de la Presidencia de la República en el que se informó sobre la supuesta complicidad de la víctima en un intento de manipular testigos para que estos declararan en contra del entonces jefe del Estado Álvaro Uribe Vélez, sin que ello hubiera sido verificado". 

Agrega el fallo que el escolta del extogado fue reclutado como una fuente humana del DAS para obtener información sobre asuntos laborales y de la vida privada del exmagistrado, sin que existiera justificación legal.

"Resulta evidente que el DAS es responsable del daño, en tanto quienes adelantaron la operación, sin tener motivación legal, utilizaron recursos y procedimientos para obtener información que más tarde remitieron a la Presidencia, fueron agentes del organismo de inteligencia. También es responsable el Dapre, dado que era el director de esa entidad el beneficiario de los datos, a sabiendas de que se obtenían ilegalmente", se lee.

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