El Juzgado 35 Administrativo del Circuito de Bogotá determinó que el presidente Gustavo Petro vulneró los derechos fundamentales a la dignidad humana, la igualdad, el buen nombre y la honra de los hermanos del senador Bernie Moreno, Luis Alberto Moreno Mejía y Roberto Moreno Mejía, al señalarlos públicamente de conductas delictivas sin pruebas ni decisiones judiciales previas.
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La decisión en cuestión fue adoptada el pasado viernes 12 de diciembre y ordena una retractación pública en un plazo de 48 horas tras la notificación.
De acuerdo con lo que se conoció, esta determinación judicial analizó declaraciones realizadas por el jefe de Estado en tres escenarios oficiales: un Consejo de Ministros transmitido por RTVC el 21 de octubre de 2025, una alocución presidencial el 13 de noviembre del mismo año y una publicación en su cuenta oficial de la red social X el 18 de noviembre.
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Según el juzgado, en esas intervenciones el presidente Petro atribuyó a los hermanos Moreno la comisión de delitos como hurto y lavado de activos, sin que existan sentencias judiciales ejecutoriadas ni investigaciones penales en su contra que respalden tales afirmaciones.
El despacho concluyó que los señalamientos no fueron hechos aislados, sino repetidos y sistemáticos, lo que agravó el impacto sobre los derechos fundamentales de los accionantes.
Límites a la libertad de expresión presidencial
En el fallo se enfatiza que, aunque el presidente de la República tiene derecho a la libertad de expresión, este derecho tiene límites más estrictos cuando se ejerce desde una alta investidura del Estado y a través de canales institucionales.
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El juzgado sostuvo que la libertad de expresión no ampara la imputación directa de delitos, especialmente cuando proviene de la máxima autoridad del país y se realiza sin pruebas judiciales, pues ello afecta de manera grave la reputación y el patrimonio moral de las personas señaladas.
Además, recordó que en un Estado social y democrático de derecho la determinación de responsabilidades penales corresponde exclusivamente a las autoridades judiciales.
Orden de retractación y disculpas públicas
Como medida de protección, el fallo ordena al presidente Gustavo Petro retractarse y ofrecer excusas públicas a Luis Alberto Moreno y Roberto Moreno en los mismos espacios en los que realizó las declaraciones cuestionadas.
La retractación deberá hacerse: en un Consejo de Ministros, en una alocución presidencial y, finalmente, en la cuenta oficial del mandatario en la red social X.
En este último caso, el pronunciamiento deberá permanecer visible durante un periodo de tres meses. El plazo para cumplir la orden es de 48 horas a partir de la notificación de la sentencia.
Finalmente, el juzgado reiteró que ningún ciudadano, empresario o figura pública puede ser estigmatizado mediante narrativas de criminalidad sin respaldo judicial, independientemente de su exposición mediática o trayectoria pública.





















