El Consejo de Estado confirmó la nulidad del nombramiento de Armando Alberto Benedetti Villaneda como embajador de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), con sede en Roma, Italia.
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La decisión ratifica un fallo previo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual determinó que Benedetti no cumplía con los requisitos mínimos exigidos para ocupar el cargo diplomático. En particular, se señaló la falta de un título de posgrado y la falta del dominio en un segundo idioma, requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder a ese tipo de representación en el exterior.
Aunque la defensa del embajador argumentó que su trayectoria profesional debía ser considerada como equivalente a estudios de posgrado, el tribunal concluyó que no se encontró documentación suficiente que respaldara los 20 años y 10 meses de experiencia alegados.
Además, Benedetti no certificó dominio de una segunda lengua, como lo exige el Artículo 1 de la Resolución 1580 de 2015. El Consejo de Estado fue enfático en que no basta con hablar español, a pesar de ser uno de los idiomas oficiales de la ONU, sino que se requiere dominio adicional de inglés, otro idioma oficial de Naciones Unidas, o el idioma del país de destino, en este caso, el italiano.
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“Esta Sección confirmará la sentencia apelada, pues se demostró que el demandado no podía ser nombrado embajador extraordinario y plenipotenciario, en tanto no certificó que hablaba y escribía, además del español, el idioma inglés o cualquier otro de los idiomas oficiales de Naciones Unidas, o el conocimiento del idioma oficial del país de destino, esto es, el italiano”, indicó el Consejo de Estado.