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El proyecto de ley de la reforma laboral en Colombia consta de 18 temas que ya han sido objeto de debates y polémicas, como los principios constitucionales y laborales, las modalidades de contratos, la tercerización, la subcontratación, los contrarios de prestación de servicios, jornada nocturna, dominicales y festivos, la irrupción de las plataformas digitales, y el trabajo rural, informal, sexual y migrante.

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En febrero se conoció que la Subcomisión de la Reforma Laboral recogió 2.880 propuestas que exigen además garantías de empleos para jóvenes y personas con discapacidad, y el cumplimiento de los convenios internacionales.

¿Pero qué tan necesaria y pertinente sería para el país? Expertos en administración y derecho laboral opinan que se requieren una revisión y cambios que tengan en cuenta los nuevos contextos laborales. No obstante, el Gobierno también deberá facilitar la creación de valor e impulsar aún más la innovación para que las compañías locales sean competitivas.

Plataformas y nuevos oficios

El diálogo social es una estrategia que aporta validez y responsabilidad al proceso. 'Se deben identificar necesidades, abordarlas y llegar a decisiones concertadas que sean lo más viable posible, con medidas que tengan aplicación efectiva', reconoce la directora de la Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social de la Universidad Simón Bolívar, Yamile Tanus Arrieta.

laborales en el país, entre esas las leyes 50 de 1990 y la 789 de 2002, introdujeron modificaciones como las liquidaciones anuales de cesantías y medidas para fomentar el empleo. Sin embargo, el contexto actual laboral demanda mejores abordajes de las innovaciones propias del mundo del trabajo sin que se alejen de las garantías a los trabajadores.

Dice Tania.

Uno de los puntos de la reforma es la vinculación a través de las plataformas delivery, como Uber Eats y Rappi, un cambio que evidenció vacíos en la legislación colombiana frente a la subordinación que los algoritmos pueden ejercer. 'Es lo que podemos llamar una para-subordinación porque exige un número de pedidos diarios, un tiempo y establece un precio, pero se rompe porque no exige al domiciliario que trabaje todo el día', el abogado Francisco Valiente Bermúdez, estudiante de la Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social de Unisimón.

Crear valor y mejorar calidad

El precio del dólar y las materias primas, la inflación que en 2022 cerró en 13,12 % –la más alta en las últimas dos décadas–, el incremento del 16 % del salario mínimo y un mercado de importaciones que supera las exportaciones, son motivos para cuestionar la pertinencia de una reforma laboral en estos momentos.

José María Mendoza, director del Doctorado en Administración de Unisimón, contextualiza que con la apertura económica de los años 90 el Gobierno trató de compensar al empresariado con una reforma laboral que flexibilizó el trabajo, al incluir los turnos, las horas extras y los contratos a tiempo definido con el fin de que, reduciendo costos, pudieran competir en el marco de los TLC.

Señala.

En la creación de valor y el impulso a la competitividad juega un papel fundamental el Gobierno. Por ejemplo: mayor diligencia los procesos de certificaciones de calidad e innovación, algo que los inversionistas y las compañías extranjeras no preguntan, sino que exigen para comenzar negocios.

Puntualizó el experto.

El proyecto de ley de la reforma laboral será radicado el próximo 16 de marzo en el Congreso de la República.

Más allá del trabajo subordinado

De acuerdo con Jorge Restrepo Pimienta, Doctorado en Derecho del Trabajo y Seguridad Social, 'En Colombia se requiere una reforma laboral y prestacional acorde al modelo económico de Estado y la tendencia ajustada a la administración de talento humano, definiendo, engranando y regulando las diversas formas de trabajo y las relaciones jurídicas de trabajo. Es ideal consolidar un código de relaciones que establezca o regule las etapas de las relaciones de trabajo individuales y colectivas, dependientes e independientes del sector público y privado. Con ello se quiebra o cambia la única forma de apreciar las relaciones de trabajo: que solo las medie el contrato laboral, es decir, subordinada, consolidando una deconstrucción del derecho del trabajo en diversas especialidades'.