Este viernes el Tribunal Superior de Bogotá negó el preacuerdo firmado entre la Fiscalía General y el empresario Carlos Mattos y, por ende, tumbó la condena de 9 años y 5 meses de prisión por soborno a funcionarios judiciales.
Además, el Tribunal ordenó al juez que no otorgue beneficio alguno al empresario si no repara a las víctimas.
Reiteró la importancia de verificar que el daño a los afectados no es resarcible con los millones de dólares que ofreció.
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De acuerdo con la corporación, 'para acceder a la rebaja de la pena en caso de allanamiento o hacer procedente el preacuerdo, debe reintegrar por lo menos el 50 por ciento del valor equivalente al incremento percibido y asegurar el recaudo del remanente'.
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Por su parte, el magistrado Alberto Poveda agregó lo siguiente: 'Tan aberrante resulta lo ocurrido, que tal como lo afirmó el delegado del Ministerio Público, ni siquiera se realizó un acto de investigación con el fin de establecer si el procesado obtuvo o no un incremento en su patrimonio como consecuencia de los ilícitos'.
El Tribunal instó en que el empresario Mattos 'repartió dinero corrompiendo a funcionarios y empleados judiciales con el propósito de hacer más próspera su empresa'.
Según dijo 'pudo haber obtenido un incremento patrimonial como consecuencia de la medida cautelar decretada por el juez corrupto'.
Cabe mencionar Mattos se declaró culpable de los delitos de cohecho y daño informático agravado, reconociendo así el pago de millonarios sobornos a funcionarios judiciales en el marco del polémico caso Hyundai. Adicional a la condena, el fallo estableció una multa de 701 salarios mínimos mensuales legales vigentes para la época de los hechos e inhabilidad para ejercer funciones públicas por 96 meses.


