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Luego del fallo de la Corte Constitucional que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo hasta los seis meses de gestación en el país, el presidente Iván Duque, la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez y la procuradora Margarita Cabello han hecho un llamado al Congreso para que regule la decisión.

No obstante, desde 2006 –cuando la Corte estableció las tres excepciones para abortar: violación, peligro para la vida de la madre o malformación del feto, que siguen rigiendo tras los seis meses de embarazo– han naufragado una treintena de iniciativas legislativas en este sentido. Y mientras tanto, en Colombia alrededor de 360 mil mujeres, sobre todo las más jóvenes y de escasos recursos económicos, acuden cada año a abortos clandestinos, en los que ponen en riesgo sus vidas.

También, según el exhorto de la Corte al Congreso y al Gobierno, tiene su parte el Ministerio de Salud, pues deben formular 'una política pública integral que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes y, a su vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación', que debe contener la divulgación de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación, el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva, medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción y medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.

Frente a este asunto, este diario consultó a la cartera de protección social, pero por ahora se abstuvo de pronunciarse al respecto debido a que el tema está en 'evaluaciones'.

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La regulación

Cristina Rosero, abogada de Causa Justa, la organización que interpuso la demanda de despenalización del aborto, dijo a EL HERALDO que tanto en esta sentencia como en otras sentencias de la línea jurisprudencial, la Corte ha aclarado que 'el Congreso puede realizar regulaciones pero que en ningún momento estas regulaciones pueden ser regresivas de lo que la misma Corte ya estableció. Esto significa que por ejemplo el Congreso podría ocuparse de la manera en que se presta el servicio, cómo deberían estar distribuidos los servicios a nivel nacional, cuáles serían las obligaciones puntuales de las EPS, pero en ningún caso podría por ejemplo crear mayores límites a las semanas o establecer dificultades que hagan imposible a las mujeres acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones en que la Corte lo falló'.

De otro lado, David Cote, quien interpuso la denuncia ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara contra los cinco magistrados que votaron sí a la despenalización, y quien además es candidato a la cámara baja por el Partido Colombia Justa Libres, advirtió en EL HERALDO que 'lamentablemente el Congreso no ha estado a la altura, nunca se ha parado firme. Y el Senado, que elige a los magistrados, debe exigirles que respeten al Congreso y no usurpen las funciones legislativas. Hay que ejercer las funciones de investigación y juzgamiento que tiene el Congreso'.

Anunció en este sentido que presentará un proyecto de reforma que permita reglamentar un referendo contra los fallos de la Corte Constitucional: 'Cada vez que haya un fallo de estos, preguntarle al pueblo, porque estamos permitiendo que cinco personas terminen decidiendo por todos los colombianos, y el Congreso o el pueblo son los llamados a ponerle límite a la Corte, que no tiene ningún control'.

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Lo que sigue

La jurista de Causa Justa explicó que el siguiente paso tras el fallo es que las EPS deben adecuar sus protocolos para poder proveer el servicio como corresponde.

'Hay que recordar que la Corte mencionó que no es necesario que se expida ningún tipo de regulación o de normas para poder realizar estas adecuaciones sino que en realidad la aplicación de la sentencia es de efectos inmediatos, lo que significa que en estos momentos si una mujer se acerca a solicitar el servicio a las EPS estas deberían estar en la capacidad de proveérselo. La ventaja es que ya existen una serie de protocolos tanto del Ministerio de Salud como de las EPS donde se contempla dentro del Plan de Beneficios ya la interrupción voluntaria del embarazo según se estaba regulando con las tres causales de la sentencia de 2006, por lo tanto el único ajuste importante que deben hacer las entidades es que en el protocolo de atención deben eliminar la exigencia del requisito ya sea del certificado médico o bien de la denuncia presentada ante la Fiscalía para poder realizar el procedimiento solo con la manifestación de voluntad de la mujer'.

El exhorto

El exhorto que hace la Corte al Congreso y al Gobierno significa, según Rosero, que tiene una preocupación por el cumplimiento integral de los derechos reproductivos y comprende que las situaciones de embarazo no deseado tienen como base el hecho de que muchas mujeres en la sociedad no tienen el acceso a la educación sexual, a los métodos anticonceptivos, a la anticoncepción oral de emergencia y a otros tipos de servicios de salud reproductiva que podrían ayudarles a prevenir la ocurrencia de embarazos no deseados que eventualmente puedan implicar la necesidad de un aborto.

'Es muy bueno que la Corte haga este llamado porque lo que se busca con esta conversación es que no solamente nos quedemos hablando de aborto sino que podamos ampliar la capacidad que tienen las personas de tener acceso a todos los servicios de salud reproductiva que les permitan planificar, y siempre el Estado tiene la obligación de proveer los servicios y la información necesaria para que se tome la decisión de manera libre, informada y sin coacciones'.

Denuncia, incidente de nulidad y referendo contra la decisión del alto tribunal constitucional

Cote, candidato de la colectividad cristiana, indicó que el pasado martes presentó una denuncia penal contra los cuatro magistrados y el conjuez que votaron sí en el fallo del aborto, por tres argumentos: 'El primero es que creemos que se está vulnerando el principio de separación de poderes consagrado en la Constitución, que establece que los órganos de poder público cumplen funciones separadas, y creemos que los magistrados están usurpando las funciones del Congreso y han roto el sistema de pesos y contrapesos del Estado. El segundo es que se vulnera el bloque de constitucionalidad, ya que hay tres tratados internacionales suscritos por Colombia que reconocen la protección del no nacido. Y el tercer argumento es que se está vulnerando la cosa juzgada constitucional, porque la Corte se ha pronunciado en materia de aborto en cuatro sentencias de constitucionalidad, en 12 sentencias de revisión de tutelas y en más de 25 autos'.

Además, advierte que un grupo de juristas está trabajando un incidente de nulidad ante la misma Corte, por el argumento de que 'el conjuez Julio Ossa había planteado una posición diferente, que era la de legalizar hasta la semana 14 y no hasta la 24'.

También prevé el candidato promover una 'denunciatón' contra los togados para darles el mensaje de que 'están presuntamente cometiendo un delito y que la Corte actúa ilegalmente'.

Y finalmente está el referendo –el primero ya lo inscribió la candidata liberal al Senado Sara Castellanos– 'para preguntarle al pueblo si está de acuerdo con el asesinato de niños en el vientre'.

Sin embargo, señala Cote frente a los distintos recursos jurídicos que se promueven desde distintos sectores, como los cristianos, el Partido Conservador y el uribismo, que 'el mensaje es de unidad y que no trabajemos cada uno por aparte'.

De otro lado, Rosero, de Causa Justa, asevera que la de la Corte es una decisión vinculante y que 'independientemente de las opiniones que algunas personas tengan, lo importante es que las mujeres puedan tomar las decisiones sin coacciones, sin presiones y sin ser discriminadas por tomarlas. Esto significa que si bien pueden existir opiniones en contra, lo importante es recordar que el acceso para las mujeres en las condiciones de la sentencia debe estar garantizado'.

Advierte además que Causa Justa está lista para defender la vigencia de la ponencia, y aunque se ha anunciado una solicitud de nulidad, 'consideramos que jurídicamente no existe un fundamento, porque únicamente sería viable cuando se trata de graves violaciones al debido proceso, que en este caso realmente no se han presentado'. Y frente al referendo, dijo que estarán atentas en la organización, 'pero tenemos confianza en que la Corte ha establecido que estos logros no están sometidos a la regresividad'.

¿Y qué pasa con la objeción de conciencia de médicos?

La abogada Rosero explica que la Corte ya había establecido las reglas de cómo aplica la objeción de conciencia: 'Tendríamos que revisar si la Corte hizo algún tipo de claridad en el texto completo de la sentencia de despenalización del aborto, que aún no ha sido publicado, pero lo más seguro es que se mantengan las limitaciones establecidas, esto es que los médicos sí pueden hacer objeción de conciencia, pero únicamente puede realizarlo el profesional que realiza el procedimiento de manera directa, no el personal de apoyo, instrumentadores, enfermeras, y tampoco se puede realizar de forma institucional o colectiva. Y hay un deber de remisión inmediata de la mujer que solicita el procedimiento a otro profesional que pueda proveerlo, que no solo obliga al profesional que objeta sino también a la EPS'.

Por su parte, el candidato Cote plantea que 'hay que reglamentar el tema de la objeción de conciencia, porque eso puede generar un instrumento de persecución al gremio médico, una sociedad de ginecobstetricia francesa ha dicho que un aborto después de 12 semanas es muy difícil para un médico porque tiene que facturar el cráneo del bebé en el vientre para poderlo extraer, y eso es chocante para un médico. Es lamentable que deshumanicemos al bebé en el vientre, y estoy seguro que muchos médicos en Colombia no quieren practicar abortos'.