La Alcaldía de Barranquilla implementó nuevas disposiciones que regulan la circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros, establecidas en el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025, con el objetivo de disminuir la siniestralidad vial y proteger la vida de los motociclistas.
Entre las principales disposiciones que continuarán vigentes se encuentra la restricción de circulación nocturna para motocicletas y similares, la cual aplica todos los días entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m., con excepción de los propietarios que acrediten su condición ante la autoridad y cuyos acompañantes estén debidamente inscritos.
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De igual manera, el Distrito señaló que habrá permisos especiales para la zona Centro y que las autorizaciones que estaban otorgadas hasta el 31 de octubre se extenderán hasta el 31 de diciembre.
Para esta zona en específico, la Alcaldía de Barranquilla indicó que “para facilitar el acceso a las zonas comerciales y actividades relacionadas a las motocicletas, los conductores podrán circular sin acompañante y sin necesidad de permiso especial, entre las 6:00 a.m. y 7:00 p.m.”, en los siguientes tramos del Centro de la ciudad:
- La calle 45 entre la carrera 45 y carrera 46.
- La carrera 46 entre la calle 45 y calle 42.
- La carrera 45 entre la calle 45 y la calle 42.
- La carrera 41 entre la calle 45 y la calle 42.
- La carrera 40 entre la calle 44 y calle 41.
- La calle 42 entre la carrera 46 y carrera 45.
- La calle 42 entre la carrera 41 y carrera 38.
- La calle 43 entre carrera 41 y carrera 38.
- La calle 44 entre carrera 41 y carrera 38.
- La carrera 38 entre calle 34 y 35
- La calle 41 entre carrera 40 y 38.
De igual manera, habrá excepción en la circulación y/o tránsito de motocicletas en la calle 45 entre la carrera 45 y carrera 46; y la carrera 46 entre la calle 45 y calle 42, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m., y 7:00 p.m., siempre y cuando su conductor transite sin acompañante. “No incluye el cruce transversal de la calle 45 (Murillo) por la carrera 1″, enfatiza el Distrito.
Permisos especiales para la zona Centro
La solicitud del permiso especial para este punto de la ciudad deberá ser presentada por personas jurídicas o estudiantes de instituciones educativas localizadas dentro del cuadrante de restricción, ante la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, a través de este enlace web.
“Las personas jurídicas que soliciten el permiso y cuenten con flotas vehiculares o contraten conductores deberán acreditar la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el artículo 110 del Decreto Ley 2106 de 2019″, añade el comunicado.
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En el caso de estudiantes, el permiso especial tendrá vigencia hasta la finalización del periodo académico reportado en el certificado de matrícula, lo cual será verificado por la autoridad de tránsito ante la institución educativa correspondiente.


