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Este jueves se conoció que la Sección Quinta del Consejo de Estado ha admitido para su estudio una demanda que busca tumbar la personería jurídica del Pacto Histórico, la cual fue otorgada de manera condicionada por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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Los abogados Samuel Ortiz Mancipe y Lucas Durán fueron quienes interpusieron la demanda, alegando que la resolución del CNE por medio de la cual se aprobó la unificación del Pacto Histórico como partido único, de cara a los comicios presidenciales y legislativos de 2026, no tuvo en cuenta una prohibición de la ley respecto a la fusión de partidos.

“La Ley establece una prohibición explícita y expresa, totalizante del acuerdo en punto a la fusión de un partido o movimiento político respecto de otro ante la mera existencia de un proceso sancionatorio en curso, lo que a la postre, al no haber sido tenida en cuenta de manera adecuada y correcta en la Resolución acusada, hace que el acto adolezca del vicio nulitante de los actos administrativos en cuestión”, dice la demanda que busca la nulidad de la decisión del CNE.

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La semana pasada el Consejo Nacional Electoral aprobó a la Unión Patriótica, al Polo Democrático Alternativo y al Partido Comunista Colombiano el proceso de fusión con el Pacto Histórico, y negó esta misma solicitud a Colombia Humana, el Partido Progresistas y la Minga Indígena.

En su decisión, el CNE hizo la aclaración de que la personería jurídica del Pacto Histórico está “condicionada a la terminación de los procedimientos sancionatorios iniciados hasta la fecha”.

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En el caso de Colombia Humana, el miércoles 29 de octubre la Fiscalía General de la Nación inspeccionó su sede en medio de una investigación que se adelanta por presuntas irregularidades en la campaña Petro Presidente, la cual está en el ojo del huracán por supuestas violaciones de topes electorales.

Sin embargo, los demandantes consideraron que la personería jurídica no debió ser otorgada ni siquiera de manera parcial, precisamente por los procesos sancionatorios que existen contra los partidos que solicitan la fusión con el Pacto.

“Permitir la fusión de partidos políticos y el consecuente reconocimiento de personería jurídica mientras existen procesos sancionatorios en curso podría generar un fraude a la Ley, como ya se mencionó y lo expuso la propia Corte Constitucional mediante la Sentencia C-490 de 2011, al posibilitar que las colectividades evadan responsabilidades (para el caso administrativas), debilitando la eficacia de las atribuciones de inspección, vigilancia y control que ejerce el Consejo Nacional Electoral”, se lee.