Mientras el ex presidente del Senado, Iván Name, y el de la Cámara, Andrés Calle, fueron recluidos en La Picota por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, Ungrd, en la Corte Suprema se presentó un salvamento parcial de voto sobre presuntos “vicios” en el proceso que podrían influir en el futuro de este caso.
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Se trata de la postura de la magistrada Cristina Lombana, quien advirtió la presunta ilegalidad en la obtención de pruebas contra los mencionados, pues señaló que las declaraciones de Olmedo López y Sneyder Pinilla (que dieron origen a los motivos de la captura de las dos más altas fichas del Capitolio en 2023) están “viciadas por su ilicitud” y “no cumplen con los requisitos legales para ser valoradas como prueba”.
De esta manera, a través de un salvamento de voto la togada del máximo tribunal de la justicia ordinaria manifestaría su desacuerdo parcial con la decisión que dictó orden de captura e impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra ambos.
Para la magistrada, parte de la evidencia aportada por la Fiscalía habría sido recabada de forma aparentemente irregular, sobre todo las declaraciones y conversaciones obtenidas mediante el principio de oportunidad ofrecido a los ex directivos de la Ungrd, Olmedo López y Sneyder Pinilla, ya que, dijo, las condiciones en las que estos testigos llegaron al proceso no habrían sido evaluadas a fondo y sus testimonios presentan posibles vicios legales.
“Olmedo de Jesús López en su condición de director de la Unidad para la Gestión del Riesgo le ordenó a Sneyder Augusto Pinilla la entrega de dinero que la misma se materializó valga decir, que en efecto está demostrado que Iván Leónidas Name recibió el efectivo es incontrastable que no se corresponde con lo aprobado hasta la fecha Además, subrayó que Sneyder Pinilla no fue testigo presencial de la supuesta entrega de dinero al senador Iván Name, por lo que su testimonio carece de la fuerza probatoria directa requerida para sustentar una acusación de esta magnitud”, resalta el documento.
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Así las cosas, la magistrada, a través de su salvamento parcial de voto, destacó los testimonios fueron obtenidos durante negociaciones inconclusas de principios de oportunidad, lo que a su juicio hace que no puedan ser usados en un proceso penal sin vulnerar el debido proceso.
Es por ello que Lombana determinó que “el despacho instructor vulneró los derechos y las garantías fundamentales de los declarantes”.
Sobre el delito de peculado por apropiación, Lombana también argumentó que este no se configura, pues, según su interpretación, las presuntas coimas por $3 mil millones a Name y $1.000 millones a Calle no provinieron del erario público sino de un acuerdo entre particulares.

Además, expuso la jurista que no está probado que Pinilla habría entregado recursos a Name para apoyar la campaña política de su hija.
Y concluye que las entrevistas de López y Pinilla no pueden ser utilizadas como evidencia incriminatoria sin antes determinarse que no hubo coacción ni presión indebida contra los testigos.