El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó recientemente una nueva orden ejecutiva que modifica el esquema de aranceles recíprocos del 10 % con ciertos países del mundo, ya sea para reducirlos o en su efecto eliminarlos.
El mandatario señaló que dicha decisión depende de los acuerdos “alineados” y firmados entre Washington y los países exportadores. En esta negociación por supuesto entra Colombia, y la eliminación total de los aranceles a varios productos colombianos que llegan a EE. UU. depende de la capacidad del Gobierno Petro para negociar.
De acuerdo con información de la Casa Blanca, el nuevo esquema entrará en vigor este lunes 8 de septiembre. Ante esto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, indicó que la nueva orden abre una oportunidad significativa para las exportaciones colombianas, que actualmente tienen un arancel del 10 %.
Según el Anexo III, donde se sitúan los cambios más relevantes, hay productos a los que se les puede reducir el arancel al 0 % en el marco de las negociaciones comerciales con Colombia, y aplica a productos como el aguacate, plátano, café, banano, flores y el limón Tahití.
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Esta seria de alimentos representan 4.536 millones de dólares en exportaciones, lo que equivale al 24.6 % del total exportado hacia Estados Unidos, y al 65.2 % de las exportaciones no minero energéticas, de acuerdo a informes nacionales.
Por su parte la Cámara de Comercio Colombo Americana (AmCham Colombia) enfatizó que la orden ejecutiva de Trump aclara que la exención no es automática, sino que dependerá de la voluntad de Colombia para negociar acuerdos adicionales, cooperación regulatoria, trazabilidad de minerales, seguridad y control de ilícitos que sean aprobados por la capital estadounidense.
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Asimismo, aclaró que tanto el valor económico como el alcance de los aranceles dependerán de la reciprocidad comercial entre ambos países, que incluye profundidad, sectores cubiertos y volumen. Así como el avance de los intereses de Estados Unidos en materia de seguridad y política industrial.
El nuevo esquema también especifica que las exenciones se concentran en bienes que “no pueden cultivarse, extraerse o producirse en los Estados Unidos” o aquellos en los cuales la producción interna resulta insuficiente para cubrir la demanda.