Los procesos para dar respuesta a las solicitudes de inicio de procesos de reorganización empresarial que presentaron Viva y Ultra Air se encuentra en análisis según informó la Superintendencia de Sociedades.
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'En caso de admitir a las entidades al proceso de reorganización, se buscará cumplir con la finalidad prevista en el régimen de insolvencia en Colombia, de preservar empresas viables y socialmente responsables, y así mismo, proteger los derechos de los acreedores y a los usuarios perjudicados por el cese de las operaciones de las aerolíneas', dijo el supersociedades, Billy Escobar Pérez.
Viva y Ultra Air son dos aerolíneas de bajo costo que suspendieron sus operaciones en el país en marzo y abril de este año, respectivamente, alegando atravesar por una crisis económica.
En el caso de la solicitud presentada por Viva Air, el pasado 9 de marzo, la Supersociedades señaló que el Juez del concurso requirió desde el 15 de ese mes a la sociedad la remisión de la información exigida en la ley, otorgando un término de 30 días conforme al Régimen de Insolvencia.
'Dicho requerimiento venció el 3 de mayo de 2023, y este fue atendido por la sociedad dentro del término. Actualmente, se encuentra en estudio la información', detalla la Superintendencia.
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En cuanto a Ultra Air cuya solicitud fue presentada el pasado 4 de abril, la Supersociedades informó que se encuentra corriendo el término de 30 días establecido para que la sociedad allegue la documentación requerida por el Juez del concurso. Este término vence el 24 de mayo de 2023.
La entidad informó que dentro del trámite procesal aplicable a la reorganización empresarial, una vez las empresas sean admitidas, la deudora cuenta con un término de diez días para actualizar el inventario y el promotor designado, bien sea el representante legal o un auxiliar de la lista, tiene un término de dos meses para presentar los proyectos de calificación y graduación de créditos.
En caso de que las sociedades no sean admitidas, se decretará la liquidación judicial.
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Posteriormente, del inventario y de los proyectos, se corre traslado por los términos de diez y cinco días, respectivamente, término dentro del cual, los interesados pueden presentar objeciones en ejercicio de su derecho de contradicción, y de estas se corre traslado nuevamente por un término de cinco días para que los interesados se pronuncien sobre las objeciones presentadas.
Luego de esta etapa, inicia un periodo de conciliación por un término de diez días y con su resultado, se cita a audiencia de Resolución de Objeciones, en la que el Juez del concurso realiza el control de legalidad sobre las conciliaciones y allanamientos presentados por la deudora, y se pronuncia sobre las objeciones pendientes por resolver que no fueron ni conciliadas ni allanadas.
En esta audiencia, se otorga un término improrrogable de cuatro meses para presentar ante el Juez del concurso el acuerdo de reorganización votado por la mayoría de los acreedores, y seguidamente, el Juez cita a la audiencia de Confirmación del Acuerdo, donde revisará su legalidad y definirá si se confirma el mismo.





















