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El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva revocó la sanción impuesta al general Mariano Botero Coy, en su condición de director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC— que consistía en una orden de desacato y de arresto por cinco días en un centro de reclusión.

'Que hasta la fecha, 15 de febrero de 2021, se han traslado 135 personas privadas de la libertad —PPL— y se está coordinando la recepción de36 personas más. En consecuencia, se ha recibido un número mayor de PPL que el que motivó la Acción de Tutela interpuesta y la orden dada, por lo tanto, está demostrado que 'la Dirección General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC, han dado estricto cumplimiento a la orden (…)', se lee en el fallo.

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La tutela que desencadenó el primer fallo fue instaurada por la Procuraduría Provincial de Garzón, en el que se le ordenó al Inpec trasladar a establecimientos de reclusión nacional a las personas privadas de la libertad —PPL— que se encontraban en condiciones de hacinamiento en el centro de detención transitoria de Pitalito y en las estaciones de la Policía Nacional de ese municipio y de Isnos, en Huila.

Con este nuevo fallo, también se ordenó el archivo definitivo del incidente, argumentando que, el número de personas que se buscaban proteger con la acción de tutela fueron trasladadas desde los centros transitorios de detención hasta el Establecimiento de Reclusión del Orden Nacional de esa ciudad.