El decreto de emergencia económica expedido por el presidente Gustavo Petro a finales de 2025 continúa en firme luego de que el Juzgado 27 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negara una acción de tutela que buscaba suspender sus efectos, según un fallo conocido en los últimos días en la capital del país.
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El despacho judicial resolvió negar por improcedente la acción de tutela presentada por la senadora y precandidata presidencial Paloma Valencia, el director del partido Centro Democrático, Gabriel Jaime Vallejo, y otros demandantes, quienes alegaban una presunta vulneración de derechos fundamentales por parte del decreto de emergencia económica.
En su decisión, el juzgado concluyó que existen mecanismos ordinarios dentro del ordenamiento jurídico para controvertir este tipo de medidas, por lo que la tutela no es el instrumento adecuado para ese fin. Además, precisó que el control de constitucionalidad sobre los decretos expedidos en estados de excepción corresponde a la Corte Constitucional.
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El fallo recordó que el análisis de fondo sobre la legalidad y constitucionalidad del decreto de emergencia económica debe realizarse dentro de los tiempos y procedimientos previstos por la ley, a través del control automático que ejerce la Corte Constitucional.
Según el juzgado, la ausencia temporal de un pronunciamiento de ese alto tribunal no habilita a los jueces de tutela para suspender o dejar sin efectos el decreto presidencial, ni para reemplazar el control que la Constitución asigna de manera exclusiva a la Corte.
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Aunque esta tutela fue rechazada, otras acciones judiciales que buscan tumbar el decreto de emergencia económica continúan en evaluación en distintos despachos y, eventualmente, ante la Corte Constitucional, que tendrá la última palabra sobre la validez de la medida adoptada por el Gobierno nacional.


