El presidente Gustavo Petro, a través de su abogado, Alejandro Carranza, presentó ante el Consejo de Estado un recurso de 12 páginas en el que solicita la revocación del fallo de primera instancia que impuso restricciones a sus alocuciones presidenciales.
En el documento conocido por el medio W Radio, el mandatario argumenta que la decisión original otorgó de manera indebida competencias de “censor” a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), transformándola en un órgano con facultades de censura sobre sus intervenciones ante el país. Según Petro, la sentencia permite que la CRC pueda negar o interrumpir sus mensajes en vivo, lo que constituye, a su juicio, una restricción desproporcionada y sin criterios objetivos.
Para el mandatario, el fallo convirtió a la CRC en un “tribunal de alocuciones presidenciales”, decidiendo “si el Presidente puede dirigirse al país por televisión y hasta cuándo puede hacerlo”, señala el documento.
Para el presidente, esta medida representa un caso de “censura” frontal, que va en contra de la Convención Americana de Derechos Humanos, y excede lo que debería ser una regulación técnica o de franjas horarias.
“No se trata de una simple regulación de franjas horarias o de formatos técnicos, se trata de decidir si el Presidente puede hablar y durante cuánto tiempo puede hacerlo, en función de la apreciación de un órgano administrativo”, añadió.
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El recurso también advierte que la decisión limita seriamente la capacidad del jefe de Estado para explicar “sus decisiones, justificar sus políticas, convocar a la deliberación pública o advertir a la población sobre problemas inminentes, ve seriamente restringida su posibilidad de dirigir los asuntos públicos”. Además, la defensa de Petro considera que la tutela se utilizó más allá de su propósito original, convirtiéndose en un mecanismo con efectos de legislación funcional y reconfiguración de competencias sin respaldo legislativo.
“Rediseñando competencias de autoridades sin respaldo en la voluntad del legislador democrático. Una decisión de esta magnitud debería ser producto de un debate legislativo amplio, no de un fallo de tutela en un caso concreto”, expresó.
Según el escrito, el fallo ha generado un “efecto cascada”, ya que podría abrir la puerta a que otros jueces dicten medidas similares, regulando aspectos como el tono, la duración o los programas a través de los cuales se comunique el Presidente.
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“Es previsible que proliferen decisiones similares, en las que la comunicación del Presidente quede sometida a un mosaico de tutelas e incidentes de desacato, cada uno con órdenes específicas sobre cómo debe hablar, a través de qué programa, durante cuánto tiempo y en qué tono, con grave afectación de la gobernabilidad democrática”.
Finalmente, el documento propone reemplazar la parte resolutiva del fallo, estableciendo mecanismos de responsabilidad judicial y política frente a posibles abusos de las alocuciones presidenciales, así como reforzar la transparencia y la buena fe en el uso de estas intervenciones por parte del Ejecutivo.


