La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) decidió este miércoles, 15 de octubre, no autorizar la emisión de una alocución presidencial solicitada por la Presidencia de la República. Según la entidad, la petición no cumplió con los criterios de urgencia, uso excepcional y delimitación temática exigidos por la normativa vigente.
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La solicitud fue radicada a las 4:54 de la tarde del mismo día y fue analizada por la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC, en cumplimiento de la Sentencia del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025.
El objetivo del análisis era verificar que el mensaje presidencial cumpliera con los requisitos legales y formales establecidos para las intervenciones obligatorias en televisión abierta.
El informe de la CRC señaló que la solicitud sí cumplía con los criterios de carácter personal, al provenir directamente del presidente, así como con los de no recurrencia y limitación temporal. Sin embargo, el documento concluyó que no se demostró la existencia de una situación “grave, sobreviniente o inaplazable” que justificara interrumpir la programación habitual.
En consecuencia, la entidad negó la autorización para la alocución, señalando que su decisión no constituye censura ni restringe la libertad de expresión del mandatario.
El organismo explicó que su función es aplicar criterios objetivos que garanticen un uso razonable, proporcional y excepcional del servicio público de televisión.
La CRC aclaró además que la Presidencia puede ajustar y presentar nuevamente su solicitud, siempre que se fortalezca la justificación de urgencia y se delimite con mayor precisión el tema a tratar.
De acuerdo con el protocolo establecido, las alocuciones presidenciales deben notificarse con al menos cuatro horas de anticipación, o acompañarse de una justificación sólida en casos de extrema urgencia. Además, su duración debe ser la estrictamente necesaria y el tema tratado debe estar claramente definido.
Esta decisión se enmarca en el cumplimiento de la Sentencia del Consejo de Estado, que exige a la CRC garantizar criterios transparentes y verificables para la aprobación de alocuciones presidenciales.
Con esto, el ente regulador busca equilibrar el derecho del presidente a dirigirse al país con la protección del pluralismo informativo y los derechos de las audiencias.