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Durante la entrega de tierras en La Dorada, Caldas, el presidente Gustavo Petro reiteró este jueves 18 de septiembre su intención de impulsar una Asamblea Nacional Constituyente en Colombia. El mandatario aseguró que el país debe dar este paso en 2026, año en el que coincidirán elecciones legislativas y presidenciales.

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“Empecemos a hablar de ambas cosas: de cómo se crea una asociación campesina, cómo se articulan las demás fuerzas sociales de Colombia, y de cómo volvemos realidad el año entrante, a través de los mecanismos que la Constitución establece, la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente”, afirmó el jefe de Estado.

Petro sostuvo que, aunque la Constitución de 1991 introdujo importantes avances, también fue tramitada con “trampa”, lo que a su juicio facilitó la consolidación de una “gobernanza paramilitar”.

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El mandatario insistió en que la actual Carta Magna debe ser modificada para que lo allí establecido pueda cumplirse en la práctica. “La Constitución ya la tenemos, algunas cosas hay que modificar, pero que garantice que ningún magistrado nos vuelva a echar un discurso de un Estado de derecho que termina siendo un Estado mafioso”, señaló.

Agregó que la convocatoria busca materializar el Estado social de derecho, de manera que se refleje en el presupuesto, las obras y la vida cotidiana de la ciudadanía, y no únicamente como una declaración formal.

Petro reitera el llamado a la movilización social

En su discurso, Petro vinculó la propuesta de Constituyente con el movimiento campesino, invitando a asociaciones y fuerzas sociales a organizarse para respaldar la iniciativa. Aseguró que el poder popular es la vía para garantizar que las reformas sociales de su gobierno no se frenen en el Congreso.

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“Ahora vamos es a la Asamblea Constituyente que haga realidad el poder popular en Colombia y a través de los mecanismos que la misma Constitución del 91 otorga para volverlo realidad”, manifestó.

¿Cómo se convoca una Asamblea Nacional Constituyente en Colombia?

La Constitución de 1991 establece un procedimiento específico para convocar una Asamblea Nacional Constituyente.

  1. Aprobación legislativa: el Senado y la Cámara de Representantes deben aprobar, por mayoría absoluta, una ley que precise la convocatoria, el número de integrantes, el sistema de elección y los temas que abordará.
  2. Revisión de la Corte Constitucional: el presidente sanciona la ley y remite el texto a la Corte Constitucional, que revisa su legalidad.
  3. Consulta ciudadana: entre dos y seis meses después, se somete a votación popular si se convoca o no a la Constituyente. Para ser aprobada, al menos un tercio del censo electoral debe respaldarla.
  4. Elección de delegados: en caso de aprobación, se eligen los miembros de la asamblea entre los dos y seis meses siguientes. Durante su funcionamiento, el Congreso no puede reformar la Constitución en los temas asignados a la Asamblea.

Aunque antes de llegar a la Presidencia Petro había asegurado que no convocaría una Constituyente, desde el inicio de su mandato ha mencionado en varias ocasiones esta posibilidad. Para el mandatario, este proceso sería la única vía para que se cumpla lo que establece la Carta de 1991 en materia de derechos sociales.