Con una demanda ante la Sección Quinta del Consejo de Estado un ciudadano solicitó tumbar el nombramiento de Eduardo Montealegre como ministro de Justicia.
Se trata de una demanda de nulidad contra el decreto 0647 que designó al abogado ibaguereño como jefe de la cartera de Justicia el pasado 13 de junio.
El argumento del demandante, Juan Manuel López, es que dicho nombramiento estaría violando la ley de cuotas de género, al no garantizar que las mujeres ocupen al menos el 50 % del gabinete ministerial.
“Este acto administrativo, al no garantizar que las mujeres ocupen al menos el 50 % de los cargos que conforman este máximo nivel decisorio, agrava la brecha de género en la composición de los diecinueve (19) Ministerior del sector central del orden nacional, incumpliendo con la normativa vigente en materia de equidad de género y participación equilibrada”, dice la demanda.
Agregó que con la designación de Montealegre la distribución actual de los cargos del gabinete de Gustavo Petro quedó así: nueve mujeres y diez hombres, lo cual equivale al 47,4 % y 52,6 %, respectivamente.
“Como puede observarse, el porcentaje de participación de las mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio de los Ministerios del Sector Central del Orden Nacional es del 47.4 % (9 de 19), mientras que el de los hombres es del 52,6 % (10 de 19). Para cumplir con la cuota de género del 50% exigida por la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024, se necesitaría que al menos 10 de los 19 cargos fueran ocupados por mujeres. Dado que actualmente solo 9 de los 19 cargos son ocupados por mujeres, existe un déficit de 1 mujer para cumplir con el mínimo legal requerido”, explica el demandante.
Asimismo, advirtió sobre la gravedad de incumplir la cuota de género en el gabinete del presidente de la República.
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“El Presidente, ni con todo su poder reglamentario, tiene la facultad para excluir los Ministerios de la aplicación de la cuota de género. Cualquier intento en ese sentido constituiría una modificación inconstitucional del contenido sustantivo de una ley estatutaria, contraria al principio de jerarquía normativa y al bloque de constitucionalidad en materia de igualdad. En este contexto, la aplicación de la cuota del 50 % a los ministerios es inmediata, obligatoria y no requiere de reglamento para producir efectos vinculantes”, sostuvo.