En la tarde del pasado lunes 2 de junio la justicia de Guatemala solicitó la captura del embajador de Colombia en el Vaticano, Iván Velásquez, y de la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo. Ambos señalados de corrupción por el caso Odebrecht.
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Cabe destacar que tanto la fiscal como el embajador son exfuncionarios de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG). La justicia del país centroamericano solicitó además circular roja de Interpol para ambos.
Los funcionarios colombianos están acusados por los delitos de asociación ilícita, tráfico de influencias, obstrucción de justicia y colusión, tras su trabajo ejecutado cuando fueron parte de la Cicig.
Asimismo, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), del Ministerio Público (MP) de Guatemala, está pidiendo la extradición del embajador Velásquez y la fiscal Camargo, a quienes califica como miembros de una “estructura criminal”.
El documento, emitido por la justicia de ese país, especifica que “la estructura criminal, encabezada por el excomisionado de la Cicig Iván Velásquez Gómez favoreció a los empresarios de la constructora Odebrecht y provocó que el Estado de Guatemala perdiera más de Q3 mil millones”.
¿Cuál es la viabilidad del pedido de captura de ambos funcionarios?
La CICIG “es un organismo internacional independiente establecido por un Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Estado de Guatemala en el 2007, en respuesta a la solicitud de asistencia que hizo el gobierno de ese país”, tal como se describe en la página web de la ONU.
En ese sentido, el organismo fue creado en 2007 partiendo de que la justicia local de Guatemala estaba infiltrada por estructuras ilegales y no podía ser imparcial.
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Por lo tanto, la ONU comunicó en su momento a las autoridades guatemaltecas que los funcionarios extranjeros que formaron parte de la Cicig “gozan de inmunidad en virtud del acuerdo por el que se estableció ese órgano”.
Bajo esta premisa, la captura y los delitos por los que se les acusa a ambos funcionarios colombianos no serían válidos, ya que un caso similar ya se había registrado en enero de 2023, cuando la Fiscalía de Guatemala anunció medidas semejantes contra Velásquez y no sucedió nada.
Además de esto, el portavoz Farhan Haq señaló en aquel entonces que, bajo los términos del acuerdo entre la ONU y el Gobierno de Guatemala por el que se creó la Cicig, el personal internacional de la comisión anticorrupción tiene “privilegios e inmunidades”.
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“Su inmunidad continúa, sin importar que ya no estén en sus cargos”, enfatizó Haq.
Sin embargo, Iván Velásquez fue declarado persona ‘non grata’ en agosto del 2017 por el entonces presidente de Guatemala, Jimmy Morales, quien ordenó su expulsión del país. Pero dicha orden no se ejecutó, ya que la Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala dio un amparo provisional al comisionado de la Cicig.
Otras voces sobre el caso
El abogado penalista Alejandro Carranza confirmó, en entrevista con Noticias Caracol, que en efecto la justicia de Guatemala no puede ejecutar su pedido de captura y extradición en contra de la fiscal general, Luz Adriana Camargo, y el embajador en el Vaticano, Iván Velásquez.
“Estas órdenes de captura realmente no tienen ninguna validez. Sí es algo que debería llamar mucho la atención porque hay inmunidad funcional, cuando el doctor Velásquez y la doctora Luz Adriana hicieron parte de la Cicig (…) pues lo estaban haciendo amparados en unos convenios internacionales, por ende eran unos servidores de carácter internacional que tienen una inmunidad. En las convenciones han establecido que las personas que trabajan para la ONU tienen esa inmunidad”, dijo Carranza al medio antes mencionado.