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El Gobierno de Gustavo Petro asume de manera formal la regulación de los servicios públicos en Colombia. Este jueves se conoció el decreto que permite al presidente asumir dichas funciones.

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Ante la expedición del borrador del decreto a principios de este mes, un grupo de organizaciones hizo más de 55 observaciones sobre el documento pero, al parecer, el Gobierno solo aceptó una.

Según el documento de anotaciones conocido por Blu Radio, la única observación que tuvo luz verde fue la de la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas. La entidad solicitó 'incluir explícitamente un periodo de inicio y término de la reasunción de funciones presidenciales, con el propósito de que hay una mayor certidumbre en los mercados'.

Al respecto, el presidente se acogió a la propuesta y fijó una temporalidad inicial de tres meses, teniendo en cuenta de que 'se trata de poder ejercer funciones orientadas a fijar la ‘política general’' para lograr esas regulaciones en los servicios públicos. 'Así se indicará en el Decreto que se expida en forma definitiva', agregó.

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Así las cosas, el mandatario no se refirió a ninguna otra anotación. Por ejemplo, La Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco) señaló funciones regulatorias que no devienen de la delegación presidencial, sino directamente de una ley de la República, por lo que no se podría asumir mediante un decreto.

Dicha observación es recurrente en varios comentarios. La Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica (Asocodis) advierte que el artículo 23 de la Ley 143 de 1994 establece que la CREG tiene la función de definir la metodología para el cálculo de las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas, definir las tarifas aplicables a los usuarios regulados y conocer de las tarifas de los usuarios no regulados' y, por ende, el presidente no es competente para asumir esa regulación.

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'Hay unas que no devienen de la delegación presidencial sino directamente de la asignación que hace el legislador', precisó la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), según Blu Radio.

De acuerdo con el medio, el Gobierno no aceptó esas observaciones debido a que 'el ejercicio de esas funciones en nada excluye las funciones asignadas en los artículos 73 y 74 de la Ley 142″. En ese sentido, el decreto que se expedirá tendrá en cuenta los principios y criterios tarifarios tanto de las leyes 142 y 143.

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