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Con el objetivo de minimizar los riesgos de accidentalidad y evitar afectaciones de la movilidad, la Alcaldía de Barranquilla restringió la circulación de motocicletas, motociclos y motocarros entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente.

La decisión fue adoptada por la administración distrital a través del decreto 0239 de 2021, el cual entra en vigencia a partir de este lunes festivo y se extenderá hasta el 31 de octubre de 2022.

Sin embargo, dicha restricción no es válida cuando el vehículo sea conducido por su propietario: 'Para tal efecto, el conductor deberá acreditar la propiedad del vehículo presentando la Licencia de Tránsito de este'.

Asimismo, los conductores podrán transitar con acompañantes inscritos ante la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial.

Circulación en la zona céntrica

En este decreto también se restringe la circulación de motos en el cuadrante delimitado por la calle 30, desde la carrera 45 hasta la carrera 38, la carrera 38 desde la calle 30 hasta la calle 45 (avenida Murillo), la calle 45 (avenida Murillo) desde la carrera 38 hasta la carrera 45; la carrera 45 desde la calle 45 (avenida Murillo) hasta la calle 30.

Sin embargo, se permite la circulación de motocicletas –entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.– conducidas por su propietario en algunos tramos viales (ver listado).

'Para la excepción establecida en el parágrafo anterior no será exigible permiso por parte de las autoridades, quien deberá limitarse a verificar las condiciones de horario y restricción de acompañante dispuesta para las mencionadas vías', se lee en el documento.

Otras restricciones

Asimismo, se prohibió la circulación de estos vehículos, durante todos los días de la semana, en los corredores troncales del Sistema de Transporte Masivo (Transmetro) en Barranquilla, así como en el Corredor Portuario: calzada occidental (sentido Norte – Sur) entre la carrera 46 y la carrera 38 y Corredor Portuario entre la carrera 38 y la Troncal Caribe (Carrera 9).

En las localidades Norte Centro Histórico y Riomar no podrán circular motocicletas con acompañantes no inscritos, exceptuando el sector de La Playa. Además, está prohibido el tránsito de mujeres embarazadas y menores de 12 años en estos vehículos.

En el decreto también se expone que el incumplimiento de las prohibiciones acarrea la imposición de una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y la inmovilización del vehículo. Las autoridades de tránsito son las encargadas de velar por el cumplimiento de las medidas.

De acuerdo con la administración distrital, el mencionado documento no deroga las medidas de movilidad y seguridad que se encuentran establecidas en el decreto 0826 de 2020 y sus modificaciones. Asimismo, indicó que los permisos expedidos para la circulación de motocicletas con vigencia al 31 de octubre del presente año continuarán vigentes hasta el 31 de diciembre.