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El Juzgado Octavo Administrativo Oral de Sincelejo admitió la acción popular que presentó el ciudadano Luis Felipe Villegas Ángel a través de su apoderado judicial Inocencio Meléndez Julio contra el municipio de Sincelejo.

{"titulo":"Cayó en Ciénaga de Oro presunto cabecilla y sicario del Clan del Golfo","enlace":"https://www.elheraldo.co/cordoba/cordoba-cayo-en-cienaga-de-oro-presunto-cabecilla-y-sicario-del-clan-del-golfo-1074717"}

El medio de control de protección e intereses colectivos pretende la protección de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la prestación eficiente del servicio público de gestión catastral.

En la admisión el juez ordenó vincular al trámite al Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, puesto que según los argumentos del demandante la actualización catastral realizada no fue sometida a auditoría u orientación alguna por parte de esta entidad.

Además dentro de las pretensiones de la demanda está dejar sin efectos el acto administrativo que habilita como gestor catastral al Municipio de Sincelejo emitido por la directora general de dicha entidad.

{"titulo":"Destituyen e inhabilitan a 3 exgerentes de la EPS indígena Manexka","enlace":"https://www.elheraldo.co/region-caribe/destituyen-e-inhabilitan-3-exgerentes-de-la-eps-indigena-manexka-1074697"}

También buscan que les ordenen la liquidación del impuesto predial con fundamento en la base de datos catastral vigente anterior a la elaborada por el Área Metropolitana de Barranquilla en virtud del Contrato Interadministrativo No. 008-2021 del 22 de julio de 2021, 'el cual fue celebrado en detrimento de los derechos populares a la moralidad administrativa y a la prestación eficiente del servicio público de gestión catastral'.

Alega igualmente el denunciante que 'el Municipio de Sincelejo contravino el principio de selección objetiva para celebrar el Contrato Interadministrativo con una entidad carente de la capacidad e idoneidad jurídica y técnica para apoyar la gestión catastral en el Municipio de Sincelejo, siendo ilícito el objeto y la causa del Contrato No. 008-2021 y dando lugar a que los resultados de las actividades ejecutadas por el Área Metropolitana de Barranquilla revistan las características de improcedentes, impertinentes e inútiles respecto de las condiciones socioeconómicas y urbanísticas del Municipio de Sincelejo, lo que se ha reflejado en la liquidación y cobro del impuesto predial, así como en el avalúo catastral de los inmuebles que fueron objeto de actualización catastral por parte del Área Metropolitana de Barranquilla'.

{"titulo":"Amenazas a miembros de la etnia Zenú de Córdoba no provienen de AGC: Policía","enlace":"https://www.elheraldo.co/cordoba/amenazas-miembros-de-la-etnia-zenu-de-cordoba-no-provienen-de-agc-policia-1074685"}

El demandante Luis Felipe Villegas Ángel representa a empresarios, comerciantes y ciudadanía en general de Sincelejo que se ha visto afectada por los altos costos del valor del impuesto predial.

El diputado del Centro Democrático en Sucre, Luis Alfonso Álvarez Padilla, ha acompañado a la ciudadanía en esta cruzada por tener valores ajustados en el impuesto, y desde la duma promociona con un aviso en su escritorio el inconformismo por lo que él denomina 'cobro abusivo del impuesto predial en Sincelejo'.