Está en serios aprietos, la leyenda de la música hispana Julio Iglesias no la pasa bien a sus 82 años, debido a que deberá dar la cara a las autoridades por los señalamientos de dos de sus exempleadas que afirman fueron abusadas sexualmente por el artista.
La denuncia pone encima de la mesa de la Fiscalía un conjunto de delitos relacionados con la violencia sexual, la explotación laboral e incluso la trata de seres humanos. Se trata de graves delitos penados con cárcel que ilustran la acusación de dos exempleadas sobre cómo el artista abusó de ellas en un ambiente de control e intimidación mientras trabajaron para él en 2021 en sus mansiones de República Dominicana y Bahamas. El relato de estas extrabajadoras forma parte de una investigación exclusiva de elDiario.es en colaboración con Univision.
La denuncia apunta a la existencia de un delito de trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo o servicios forzados y servidumbre, previsto y penado con entre cinco y ocho años de prisión. Además, las denunciantes consideran que pueden concurrir los agravantes de peligro para la integridad de las denunciantes, dada su situación de vulnerabilidad; así como de grupo criminal, pues en este caso la denuncia señala a Iglesias como autor principal de los hechos, pero incluye como colaboradoras a dos encargadas de las casas del cantante en República Dominicana y Bahamas. El Código Penal español define como grupo criminal la unión de dos o más personas para cometer delitos.
“Se pueden apreciar los elementos que configuran el delito de trata: la conducta típica (captación, traslado, alojamiento en el domicilio del empleador, agravando el aislamiento, y explotación), los medios comisivos (elementos objetivos, como el engaño y el abuso de una situación de vulnerabilidad) y la finalidad que se persigue (elemento subjetivo)”, explican las abogadas en la denuncia.
Las letradas sostienen que el delito de trata se habría producido en concurso con varios delitos contra la libertad y la indemnidad sexual según el Código Penal de 2021. Es decir, antes de la ley de libertad sexual que eliminó la distinción entre abuso y agresión sexual. De acuerdo a esa regulación, las abogadas creen que los hechos podrían constituir varias agresiones sexuales, que entonces requerían la presencia de violencia o intimidación y que en el caso de las penetraciones en las que medien estas circunstancias pueden alcanzar los 12 años de cárcel.
Las letradas consideran que esa intimidación podía ser también ambiental, es decir, una situación que genere una atmósfera de miedo o coacción que condicione la libertad de quien la sufre sin que exista una amenaza directa o una intimidación explícita. El concepto de intimidación ambiental se utilizó, por ejemplo, en el caso de ‘la manada’, y aparece también en este caso.
Las letradas apuntan también al delito de acoso sexual debido las “propuestas de favores sexuales, así como comentarios humillantes de índole sexual”, recoge la denuncia. Ese tipo penal castiga con entre tres y cinco meses o multa de seis a 10 meses a quien solicite favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral y, con ello, provoque a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante.
Asimismo, según el relato de las denunciantes, habrían tenido lugar actos de naturaleza sexual no consentidos que habrían provocado lesiones físicas visibles, como moretones y mordeduras. Estas conductas podrían constituir delitos de lesiones penados con hasta tres años de cárcel o multas en los supuestos menos graves.
Finalmente, los hechos denunciados podrían encajar dentro de los delitos contra los derechos de los trabajadores por la imposición de condiciones laborales abusivas en las mansiones del cantante. Este delito está castigado con penas de prisión de seis meses a seis años o multa en los supuestos menos graves. La denuncia alude a “la presunta vulneración reiterada de normas en materia laboral y de seguridad social”, con la ausencia de contrato, la imposición de condiciones laborales irregulares, la falta de descansos o situaciones que habrían afectado a la intimidad y dignidad.
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Además, recoge la denuncia, la conducta del denunciado hacia las empleadas a través de “gritos, malos tratos, humillaciones o presión psicológica, a menudo delante de otras trabajadoras”, podría considerarse una forma de intimidación y violencia que agravaría esa pena.


