En Colombia, las cesantías son una prestación social obligatoria para todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato que tengan. Funcionan como un ahorro programado y como un seguro frente a la pérdida del empleo.
De acuerdo con la normativa vigente, cada año de trabajo equivale a un mes de salario, o a una proporción correspondiente al tiempo laborado. Antes del 14 de febrero de cada año, el empleador debe acordar con el trabajador el pago de las cesantías correspondientes al año anterior, es decir, hasta el 31 de diciembre.
Además del pago de las cesantías, el empleador debe pagar los intereses legales, que equivalen al 12 % anual sobre el total de las cesantías causadas durante el año. Estos intereses se calculan proporcionalmente al tiempo trabajado, y forman parte del monto total que recibirá cada empleado.
Ejemplo de cálculo: Si un trabajador tiene un salario mensual de $1.623.500 (incluido el auxilio de transporte) y laboró 180 días, el cálculo sería:
- Valor de cesantías:
(Salario base x días trabajados)/360 (1.623.500x180)/360=811.750
- Intereses:
(Valor decesantías x días trabajados x 0,12)/360 (811.750x180x0,12)/360=48.705
- Total a recibir: $811.750+$48.705=$860.455
Cambios con la Reforma Laboral 2026
Con la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, a partir de este año los intereses de las cesantías podrán pagarse de manera mensual, siempre que haya un acuerdo escrito entre empleador y trabajador.
Esto significa que cada empleado verá reflejado un 1 % mensual de intereses como un ingreso adicional a su salario, buscando mejorar la liquidez familiar y facilitar la gestión económica mensual.





















