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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su rol de autoridad de protección al consumidor, confirmó sanción multimillonaria contra la compañía Rappi S.A.S por un valor de de 1.245 millones de pesos, ante múltiples denuncias de incumplimiento en la prestación del servicio.

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En las investigaciones relacionadas con las quejas de los usuarios, la SIC encontró que la plataforma ha generado doble cobro a los consumidores además de incumplimientos en la entrega, tiempos de entrega y cancelaciones de pedidos.

Asimismo, la autoridad reguladora señaló que la empresa de domicilios también incurrió en la permisión de venta de licores a menores de edad y en la no implementación rigurosa de métodos que permitieran la verificación de la edad para la entrega de este tipo de productos.

Sobre publicidad engañosa, la SIC aseguró que Rappi omitió la leyenda de advertencia en la publicidad de productos nocivos para la salud, como en las bebidas alcoholicas, y no informó acerca de las condiciones para su correcto consumo y contraindicaciones.

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En adición, se encontró que Rappi no indicó a los consumidores que el tiempo de espera establecido en la aplicación es un estimado, creando en ellos la expectativa acerca de que los tiempos informados son precisos. Por lo tanto, se consideró esto como entrega de información no veraz por parte de la compañía.

Por las razones mencionadas, se demostró que la comáñía es responsable de generar doble cobro a los consumidores, incumplimientos en la entrega y cancelaciones de pedidos.

'Es importante señalar que la Superintendencia evidenció que Rappi S.A.S tiene la condición de proveedor, por lo que está sujeto al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el estatuto del consumidor como calidad e idoneidad del servicio', indicó una representante de la SIC.

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Se señaló que Rappi debe responder por la información mínima que suministra a los consumidores, además de la obligación de protección a niños, niñas y adolescentes en el comercio electrónico, entre otras.

La SIC ya había presentado esta sanción el pasado 3 de marzo de 2022, pero no se había ratificado hasta este año tras estudiar un recurso de apelación interpuesto pro Rappi.

Rappi responde

Frente a la multa, Rappi insistió que no comercializa ni compra para vender los productos y servicios que adquieren los usuarios como consumidores finales a través de su plataformas.

'Por lo tanto, es claro que Rappi no comercializa licores y solo presta servicios tecnológicos a los usuarios de su ecosistema', resaltó Rappi en un comunicado.

Agregó que frente a las leyendas que se deben incluir en las piezas publicitarias de bebidas alcohólicas, Rappi ha implementado nuevos desarrollos para garantizar que todas las piezas publicitarias de estos productos contengan las leyendas requeridas por la regulación aplicable.

'Dado que el trámite administrativo ante la Superintendencia de Industria y Comercio culminó, Rappi acreditará el pago de la multa de los términos exigidos', puntualizó la plataforma.

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