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El Ministerio de Salud negó este jueves 7 de mayo las peticiones que buscaban apartar al superintendente nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, de los procesos relacionados con el sistema de salud de Medellín, por lo que seguirá al frente de las labores de inspección, vigilancia y control sobre entidades como Metrosalud, el Hospital General de Medellín y la Secretaría de Salud Distrital.

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Asimismo, la decisión quedó oficializada en la Resolución 000897 de 2026, suscrita por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo, tras evaluar las solicitudes presentadas por el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez; la secretaria de Salud distrital, Natalia López; la gerente de Metrosalud, Adriana María Velásquez; y el gerente del Hospital General de Medellín, Juan David Arteaga.

En los documentos presentados, los solicitantes señalaban supuestos conflictos de interés, diferencias públicas y denuncias entre las partes, además de posibles afectaciones a la imparcialidad de Quintero para ejercer control sobre la red hospitalaria de la ciudad.

No obstante, el Ministerio concluyó que no existen elementos suficientes que sustenten las causales contempladas en el artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para separar al funcionario de sus funciones.

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Por otro lado, en el docuemnto, la cartera de Salud precisó que los argumentos expuestos no evidencian un interés “claro, suficiente, particular y directo” que afecte la objetividad de Daniel Quintero Calle.

Asimismo, indicó que las controversias políticas, publicaciones en redes sociales, procesos judiciales o denuncias mutuas no constituyen por sí mismas una causal de recusación ni demuestran falta de imparcialidad en actuaciones administrativas específicas.

El Ministerio agregó que aceptar ese tipo de argumentos significaría considerar impedido a cualquier funcionario por el simple hecho de estar involucrado en disputas públicas o judiciales, situación que, según la resolución, alteraría el sentido jurídico de los impedimentos y recusaciones.

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La decisión también reafirma que el ministro de Salud tiene la competencia para resolver recusaciones contra Quintero, conforme a lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 y la Ley 1437 de 2011.

Finalmente, con la resolución, Daniel Quintero Calle conservará sus atribuciones para continuar adelantando acciones de inspección, vigilancia y control sobre las entidades de salud de Medellín. El documento además señala que contra la determinación no procede ningún recurso en vía administrativa.