A pesar de que el Consejo de Estado decidió suspender provisionalmente el decreto que establecía el salario mínimo para 2026, los colombianos que perciben este ingreso recibirán su pago correspondiente al 15 de febrero con el aumento del 23,7 %.
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La medida cautelar emitida por el alto tribunal no afecta de manera inmediata los pagos de nómina ya realizados o en proceso, lo que garantiza que los empleados mantengan estabilidad económica a corto plazo.
El Consejo de Estado indicó que el Gobierno nacional cuenta con un plazo de ocho días calendario para expedir un nuevo decreto que sustituya el actual. Mientras no se publique oficialmente este nuevo acto administrativo, el incremento decretado en diciembre de 2025 seguirá siendo la única referencia legal para liquidar salarios.
Por otro lado, la orden del alto tribunal es explícita: el Gobierno debe realizar, expedir y publicar un nuevo decreto transitorio. Esto permite que, por el momento, el Decreto 1469 de 2025 continúe vigente para la primera quincena de febrero. Las empresas que ya han cerrado o están en medio de sus procesos de nómina deben cumplir con el pago de los $2.000.000, monto que incluye el auxilio de transporte.
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En términos simples, se trata de una medida cautelar que exige la emisión de un nuevo decreto, pero cuyos efectos no pueden aplicarse retroactivamente sobre derechos ya consolidados. Esto asegura que el dinero que llegará a las cuentas de los trabajadores este fin de semana esté legalmente protegido.
Finalmente, para los colombianos que perciben el salario mínimo, la suspensión del decreto generó preocupación sobre posibles descuentos. No obstante, al tratarse de un pago bajo un decreto que aún no ha sido reemplazado oficialmente, el monto recibido este 15 de febrero constituye un derecho adquirido.
La verdadera incertidumbre se dará a partir de la quincena del 28 de febrero, cuando el nuevo decreto (con un aumento que probablemente será menor) ya deberá estar vigente.
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