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Este miércoles 5 de noviembre continúa la audiencia preparatoria contra Nicolás Petro Burgos, exdiputado del Atlántico e hijo del presidente Gustavo Petro por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

En esta diligencia, el juez Hugo Carbonó Ariza, del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, define cuáles de las pruebas presentadas por la Fiscalía y la defensa serán admitidas dentro del juicio.

En ese sentido, este miércoles el togado admitió que la Fiscalía pueda usar en el juicio contra Nicolás Petro las diligencias de recepción de testimonio de Day Vázquez Castro, el 28 de abril de 2023; de Máximo Noriega Rodríguez, del 2 de mayo del mismo año, ante la Procuraduría, y la de Gabriel Elías Hilsaca el 15 de septiembre de 2023, ante el ente acusador.

Sobre las pruebas que entregó Day Vásquez, como el DVD que contiene la información extraída del celular que ella entregó, el juez Carbonó la admitió y argumentó que “no hubo una vulneración de garantías fundamentales”, como lo había expresado la defensa de Petro Burgos.

En su intervención, el togado aseveró que “el DVD, el celular y sus extracciones no fueron obtenidos ilegalmente”. Además, fue admitida la declaración de la fuente humana que permitió su captura.

En el caso de Gabriel Hilsaca, el abogado del exdiputado había pedido la inadmisión de la declaración porque, a su juicio, fue obtenida sin la presencia ni conocimiento de los abogados.

No obstante, el juez Carbonó determinó que la diligencia se practicó dentro de la fase de investigación, es decir, antes de la imputación formal, por lo que la Fiscalía no estaba obligada a citar a la defensa, como fue el argumento planteado.

Las declaraciones que no serán tenidas en cuenta en el juicio

Entretanto, el juez Carbonó decidió en la tarde del martes que el interrogatorio en el que Nicolás Petro Burgos admitió su culpabilidad no será parte del paquete probatorio en el juicio.

“El juzgado es claro que se vulneró el proceso de no autoincriminarse y este despacho considera que se configura la vulneración de las garantías de las pruebas”, explicó Carbonó.

Por otro lado, Carbonó decidió que “no se excluye ningún elemento relacionado con el vehículo Mercedes Benz ni con el inmueble de Tubará” debido a que “no hubo vulneración de garantías, a pesar de algunos procedimientos indebidos en la entrega de esos bienes”.

Además, se confirmó legalidad de las declaraciones de Day Vásquez contra Nicolás Petro.