Compartir:

Cristina Lombana, magistrada de la Corte Suprema de Justicia, consideró que no existió el 'estándar probatorio' para aplicar una medida de aseguramiento intramural contra Arturo Char, quien es investigado por los delitos de concierto para delinquir agravado y corrupción al sufragante agravado.

{"titulo":"Abogados de Arturo Char buscan que se le permita defenderse en libertad","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/defensa-de-arturo-char-presento-recurso-para-tumbar-orden-de-detencion-1033695"}

La togada, que fue la única de los miembros de la sala que salvó su voto, explicó que debido a lo anterior 'no había lugar a imponerle medida de aseguramiento de detención preventiva intramural, por cuanto los motivos esgrimidos en apoyo de la referida medida, no cuentan con la respectiva acreditación'.

'Además, que en su totalidad se han debido decretar y practicar las pruebas solicitadas por la defensa, así como las dispuestas de oficio, incluso antes de adoptar la decisión que concita la atención, con el propósito de mejor proveer', se lee en su extenso salvamento de voto.

{"titulo":"Exsenador Arturo Char pide no marchar en contra de decisiones de la Corte","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/arturo-char-pide-no-marchar-en-contra-de-decisiones-de-la-corte-suprema-1032857"}

'De momento no se ha comprobado movimiento alguno de dinero que comprometa directa o indirectamente a Arturo Char Chaljub en la presunta financiación e ilícita compra, pero, además, se tiene que la única fuente directa de información de estas dos particulares circunstancias (financiación y compra), en punto de Char Chaljub, es Merlano Rebolledo, quien, a su vez, la compartió con terceros, los que luego depusieron en sentido similar con fundamento en lo afirmado por ella', agregó.

De acuerdo con la magistrada Lombana, las pruebas que existen no demuestran de manera concluyente la relación entre Arturo Char y Aida Merlano, condenada por la Corte por la compra de votos para su campaña al Senado.

'En esa medida, se tiene que en relación con tal sindicación, no se observa de qué manera concreta Arturo Char Chaljub 'organizó' el concierto para delinquir, o por lo menos la decisión no lo precisa, a no ser que se la deba interpretar, lo que no corresponde hacer al lector, por cuanto por esa vía todo o nada sería posible desde la perspectiva del interés del mismo, amén de irse en contra de la posibilidad de ejercer el derecho a contradicción e impugnación', señaló.

{"titulo":"Corte fija fecha para ampliación de indagatoria de Arturo Char","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/casa-blanca-corte-fija-fecha-para-ampliacion-de-indagatoria-de-arturo-char-1032473"}

A renglón seguido, la magistrada Lombana consideró que sus compañeros de la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia adoptaron principalmente como pruebas relevantes lo manifestado por Aida Merlano

'Sostener, como lo hace la Sala mayoritaria, que el testimonio de cargo de Aida Merlano Rebolledo, de momento, encuentra respaldo en las declaraciones, en particular de aquellos que estuvieron vinculados a su campaña, es desconocer que la razón de sus dichos, en punto de la financiación para la compra de votos por parte de Arturo Char Chaljub, surge en su totalidad de lo afirmado a ellos por la propia Merlano Rebolledo, de donde se sigue que a la postre se trata de la misma fuente de conocimiento que encontró resonancia en los que supieron de sus manifestaciones', señaló.

Entre tanto, se conoció que Arturo Char rendirá hoy, a partir de las 9 a. m., indagatoria ante la Corte Suprema de Justicia.