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Wilfred Arias

La muerte del vendedor de plátanos que fue arrastrado un kilómetro por un automóvil que conducía un joven de 23 años, quien estaba en estado de embriaguez, puso al descubierto una grave costumbre en Cartagena: conducir bajo los efectos del alcohol.

Según pudo confirmar EL HERALDO, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), ha impuesto 3.054 comparendos. Sin embargo, de ese total de infractores, sólo 1.882 fueron multados por el inspector de tránsito. La razón: muchos de ellos aprovecharon errores en el procedimiento de la sanción para librarse de cancelarla.

Así lo asegura Eliana Serge, directora del DATT. 'Amparados en sus abogados, muchos buscan cualquier excusa para no ser multados, como que el alcoholímetro no imprimió el recibo que demuestra los niveles de alcohol que tenían, o que el agente diligenció mal el comparendo, en fin', comenta.

Serge explica que el problema es más de fondo, pues tiene que ver con la irresponsabilidad de conducir un vehículo en estado de embriaguez, arriesgando su propia vida, la de sus pasajeros y la de los peatones.

OPERATIVOS. La Directora del DATT sostiene que en la capital de Bolívar, durante este año, se han realizado 96 operativos ‘caza-borrachos’, en especial en las vías cercanas a los establecimientos públicos de diversión, donde se expenden bebidas embriagantes.

Las principales zonas en las que se han efectuado las acciones son la Avenida Pedro de Heredia, el sector de La Castellana, la Avenida Crisanto Luque y El Arsenal, antes del Puente Román.

En comparación con 2009, en la anualidad que termina 47 personas han perdido la vida en accidentes de tránsito en Cartagena a fecha del 30 de noviembre.

Eliana Serge recuerda que, en todo el país, las autoridades de tránsito pueden solicitar a cualquier conductor la práctica del examen de embriaguez, para determinar si se encuentra bajo efectos producidos por bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas.

El artículo 151 del Código Nacional de Tránsito advierte que la licencia de conducción se le puede suspender a todas aquellas personas que causen lesiones u homicidios en accidente de tránsito, y se demuestre que actuaron bajo cualquiera de los estados de embriaguez.

También, a quien injustificadamente abandone el lugar de los hechos, además de las sanciones previstas en el Código Penal. La suspensión de la licencia, en estos casos, es por el término de cinco años.

CARTAGENA.

Por: Elvis Martínez