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Economía

Gobierno niega y declara inviable renuncia de títulos mineros a Prodeco

La decisión esta soportada en el artículo 108 de la Ley 685 de 2001 que exige estar al día con las obligaciones contractuales.

El equipo de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera de la Agencia Nacional de Minería (ANM), se pronunció ante la decisión de Prodeco de renunciar a los títulos mineros y decidió negar y declarar inviable la solicitud de la compañía minera.

De acuerdo al pronunciamiento de la autoridad minera frente al contrato de concesión HKT-08031, la valoración, revisión técnica, jurídica y económica dejó como resultado que no es posible dar viabilidad a la solicitud de renuncia porque, de acuerdo con las normas de minería, el requisito de estar al día con todas las obligaciones contractuales al momento de la renuncia no se cumplió.

De manera específica tiene que ver con el Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua.

De otra parte, en relación al título del contrato de concesión No. DKP-141, la ANM halló que existían obligaciones incumplidas y "i) las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua, según lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y ii) no haber aportado los soportes de declaración, liquidación y pago de regalías en los términos señalados en el concepto técnico SGR-007".

La decisión se llevó a cabo teniendo en cuenta la aplicación del artículo 108 de la Ley 685 de 2001, que establece estar al día con las obligaciones adquiridas contractuales al momento de la renuncia por Prodeco. Como opción frente a la decisión de la ANM, la empresa tiene 10 días hábiles para presentar recurso de reposición o volver a radicar la renuncia.

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