El Gobierno nacional publicó un borrador de decreto con el que se prohíben, sin excepción, las exportaciones de carbón a Israel.
En el documento de 9 páginas se lee que este documento modifica el artículo 1 del Decreto 1047 de 2024, que fue el primer decreto que limitó las exportaciones a ese país de Medio Oriente.
“Se prohíben, sin excepciones, la totalidad de exportaciones de las hullas térmicas, carbón (...) al Estado de Israel”, dice el cambio realizado en el borrador de decreto.
En ese sentido, el documento publicado para comentarios ordena suspender los actos administrativos que hubieran concedido con fundamento en los artículos segundo y tercero del decreto 1047 de 2024.
El borrador fue publicado por el Ministerio de Comercio y contemplaba que no entraría en vigencia si “las mercancías que, antes de la entrada en vigor del decreto, estén amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la Dian, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías debidamente autorizado por el usuario operador”.
“El presente decreto entrará en vigor transcurridos quince (15) días comunes, contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y tendrá vigencia hasta que se cumplan a cabalidad las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia en el proceso sobre la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) o hasta que subsistan las condiciones que dieron lugar a ellas”, detalla el borrador de decreto.