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Si usted realiza con su tarjeta de crédito, preste atención: Durante todo el mes de mayo el interés bancario corriente para este tipo de crédito subió a 25,97 % efectivo anual, lo que representa un incremento de 35 puntos básicos (0,35) frente a la tasa vigente en abril (25,62 %).

Estos datos fueron certificados por la Superintendencia Financiera de Colombia con base en los reportes de los establecimientos de crédito del país.

Tenga presente que en otras modalidades de crédito los intereses son significativamente más altos. Por ejemplo, el crédito productivo urbano tiene una tasa certificada de 36,85 % y el crédito popular productivo urbano llega a 59,36 %.

Hay que recordar que la tasa de usura representa el valor máximo de los intereses remuneratorio o moratorio que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1.5 veces el interés bancario corriente por modalidad de crédito. Este dato, que es revelado por la Superintendencia Financiera de Colombia, se actualiza mes a mes.

El delito de usura, según lo establecido en el Código Penal, puede ser cometido por aquel que reciba o cobre, de forma directa o indirecta, a cambio de un préstamo de dinero o por la venta de bienes o servicios a plazo, una utilidad o ventaja que supere en la mitad el interés bancario corriente que los bancos estén aplicando en períodos correspondientes.

En otras palabras, la norma busca proteger a los consumidores y prevenir prácticas abusivas en el mercado financiero y comercial. Aquellos que impongan intereses o cargos excesivos sobre préstamos o ventas a plazo podrían enfrentar cargos por usura, y se espera que esta medida disuada a los prestamistas y vendedores de incurrir en prácticas desleales y perjudiciales para los consumidores.