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El incremento que tendrán las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) para las categorías de automotores que no tienen el beneficio de la rebaja del 50 %, será de cerca del 11,7 % frente al valor pagado en 2022.

{"titulo":"Ventas del Soat aumentaron 191,5 % en el Atlántico","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/se-disparan-las-ventas-del-soat-964591"}

Así queda establecido en un proyecto de circular que fue publicado para comentarios por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia el cual señala que las nuevas tarifas comenzarán a regir desde el 1 de enero del próximo año.

En este documento se aclara que para el caso de las categorías que están en el rango diferencial por riesgo definidas en el Decreto 2497 de 2022, como motocicletas, motocarros y otros, el valor a pagar equivaldrá aproximadamente al 50 % del precio final en pesos vigente al 14 de diciembre de 2022.

{"titulo":"'Pensar en un tren complementario al canal de Panamá no es ingenuidad': Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/petro-se-pronuncio-ante-criticas-por-la-realizacion-de-tren-entre-buenaventura-y"}

En términos generales valor final a pagar por una póliza es el resultado de sumar la tarifa máxima señalada por la circular de la Superfinanciera, la cual se calcula acuerdo con el valor del salario mínimo aplicable a 2023, la contribución equivalente al 52 % a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y la tasa RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).

Los valores se expresan en términos de salarios mínimos diarios vigentes.

Corresponde a la Superfinanciera revisar de manera periódica las condiciones técnicas y financieras de la operación del Soat y determinar las tarifas, de acuerdo con los análisis de frecuencia, severidad, siniestralidad y suficiencia establecidos en la nota técnica de dicho seguro, siguiendo principios de equidad, suficiencia y moderación para efectuar una debida tarifación para el 2023.