La Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) expresó su preocupación por los efectos negativos quie tendrá la reducción del horario de atención del sector comercial y domicilios hasta las 8 p.m. pues afirma que golpeará a los sectores más afectados con la situación de emergencia sanitaria que se presenta por causa de la COVID-19.
El presidente del gremio, Jaime Alberto Cabal, asegura en una carta enviada al Gobierno nacional que la restricción adicional que se está aplicando a la actividad comercial afectará a las tiendas, supermercados, droguerías y en especial al sector de restaurantes.
Por ello hizo un llamado para que se revise la pertinencia de la restricción de horarios, que entraría en vigencia desde este lunes, y se elimine, pues su aplicación generará un 'daño irreparable' a la actividad comercial del país.
Datos del gremio de comerciantes indican que la caída general de las ventas de los restaurantes ha sido superior al 80%, mientras que el 75% de estos se encuentra cerrado. 'Los que aún mantienen actividad lo hacen solo por domicilios y la franja más fuerte es de 8 p.m. a 10 p.m. en que se concentra el 50% de la actividad', señala el dirigente gremial.
Se calcula que la caída en las órdenes y pedidos sería de un 48% y la de las ventas del 41%.
'Cerrar a las 8 p.m. implica que todos estos comercios tendrán que cesar cualquier actividad como venta de productos y preparación de alimentos por lo menos una hora antes del cierre, para poder dejar todos los espacios organizados, limpios y desinfectados', afirma Cabal.
Los turnos rotativos que se veían aplicando también se afectarán pues los cierres se tendrán que realizar de manera simultánea, por lo que prevé que se presenten aglomeraciones y picos de persoans movilizándose al mismo tiempo en la calle y el transporte público.
En el caso de las tiendas, supermercados y droguerías, el gremio identificó que el principal rango de ventas se da entre las 8 p.m. y las 10 p.m.
'Si bien se puede entender que a las droguerías no les aplicará la restricción horaria por lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 3, al ser tan genérico el numeral 12, es altamente probable que haya problemas con la policía y los domiciliarios. Ya esta situación ha pasado en territorios donde hay restricción horaria, por lo que para este caso en particular es necesario aclarar el alcance', indica la carta.
Cabal agrega que no se explican por qué sólo se exceptúan de la restricción a los medicamentos y productos agropecuarios, dejando por fuera otras categorías de bienes de primera necesidad.




















