Estados Unidos vuelve a darle un fuerte golpe a Colombia tras degradarla en la calificación sobre trata de personas. De acuerdo con el informe anual, publicado recientemente, el país pasó de la máxima calificación (Tier 1) a la categoría Tier 2.
Según el Departamento de Estado de los EE.UU. existen tres niveles de clasificación para los países respecto a la lucha contra la trata de personas, en el primer nivel están “países cuyos Gobiernos cumplen plenamente los estándares mínimos de la Ley de Protección a las Víctimas de la Trata de Personas (TVPA, por las siglas en inglés de dicha ley estadounidense) para la eliminación de la trata”.
El nivel dos abarca países cuyos gobiernos “no cumplen plenamente los estándares mínimos de la TVPA”, pero que “están realizando esfuerzos importantes para lograr el cumplimiento de dichos estándares”.
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En el nivel tres están los países cuyos gobiernos ni “cumplen los estándares mínimos” ni “están haciendo esfuerzos significativos para hacerlo”.
Vale mencionar, que la última vez que Colombia obtuvo esta calificación fue en 2014, durante la administración de Juan Manuel Santos; sin embargo, para 2016 el país recuperó la máxima calificación debido a su gestión en condenas, coordinación institucional y protección a las víctimas.
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“El Gobierno de Colombia no cumple con los estándares mínimos para la eliminación de la trata de personas, pero está realizando esfuerzos significativos para lograrlo. Sin embargo, estos esfuerzos no fueron serios ni sostenidos en comparación con el periodo de informe anterior, por lo que Colombia fue degradada al Nivel 2″, indica el documento.
“Los servicios para las víctimas fueron insuficientes, y el énfasis del gobierno en una atención de emergencia superficial no abordó las necesidades de cuidado complejo y a largo plazo esenciales para la recuperación de las víctimas”, agrega.
Además, en el documento se hace referencia al momento en que el gobierno terminó un contrato con una ONG que brindaba refugio y apoyo a víctimas.
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Debido a esto se considera que se habría “dejando a las víctimas que recibían servicios vulnerables a la revictimización y al aproximadamente 85-95 por ciento de las víctimas identificadas, que eran adultas, sin acceso a una atención adecuada, especialmente refugio”.
Además, en el informe señalan que el gobierno colombiano no ha procesado ni condenado a ningún traficante laboral desde 2018; así como el déficit en la identificación de víctimas.
En las normas mínimas de la TVPA se establece que los Ejecutivos de cada país “deben prohibir las formas graves de trata de personas y castigar los actos de dicha trata”, así como “prescribir un castigo proporcional al que se aplica a los delitos graves” en el caso de que se cometa “a sabiendas de cualquier acto de trata de personas con fines sexuales que implique fuerza, fraude, coerción”.
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La ley también ordena penar cuando “la víctima de la trata con fines sexuales sea un niño incapaz de dar un consentimiento significativo” o en los casos en los que este delito “incluya violación o secuestro o se cause una muerte”.
Además, el Departamento de Estado indica que si se comete “cualquier acto que constituya una forma grave de trata de personas, el Gobierno del país deberá prescribir un castigo que sea suficientemente severo para disuadir y que se refleje adecuadamente la naturaleza atroz del delito”.
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Para cumplir con estos estándares mínimos, “el Gobierno del país debe realizar esfuerzos serios y sostenidos para eliminar las formas graves de trata de personas”.