La Comisión Nacional de Disciplina Judicial dejó en firme la sanción contra un abogado señalado de dilatar injustificadamente el proceso penal contra Jamie Johnson Morrow, de nacionalidad estadounidense, quien es acusado de violencia intrafamiliar agravada.
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La Alta Corte impuso una sanción consistente en 4 meses de suspensión para el ejercicio del derecho.
De acuerdo con la Comisión, Morrow fue denunciado por su ex esposa, con quien tuvo tres hijos, y que acudió en varias oportunidades a Medicina Legal y a la Fiscalía para dar cuenta de las constantes agresiones de las que era víctima, algunas ocasionadas tiempo después de haberse separado.
A pesar de las denuncias realizadas desde 2020 por la mujer, quien sostuvo una relación con Morrow por más de 10 años, el ciudadano norteamericano evadió a la justicia y solo hasta enero de 2024 fue expedida la orden de captura en su contra, la cual se hizo efectiva el 2 de junio de ese mismo año por parte de la Policía Metropolitana de Barranquilla.
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Jaime Johnson Morrow fue capturado cuando se encontraba caminando por las calles en el norte de la capital del Atlántico.
Según la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, al parecer, el abogado encargado de la defensa de Morrow actuó deliberadamente para entorpecer la administración de justicia, faltando a sus deberes en distintas ocasiones.
El jurista no se presentó en siete oportunidades a las diligencias convocadas por el juez, por lo que no se podían adelantar en el proceso judicial contra Morrow. Sus inasistencias no fueron justificadas.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial documentó los episodios y expuso uno a uno los casos de inasistencia injustificada.
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La primera audiencia fue fijada el 6 de abril de 2022, y pese a haberse programado con un mes de anticipación, el abogado llamó sobre la hora argumentando que tenía turno en una URI para otra causa procesal.
Seguidamente, el 6 de junio de 2022 no se presentó a la hora acordada y alegó que tenía mala señal.
El 23 de junio de 2022, el abogado se excusó media hora antes por razones de salud, presentó una incapacidad que, posteriormente se comprobó, no coincidía con la fecha de la diligencia.
Luego, el 3 de agosto de 2022 ingresó de manera intermitente a la plataforma donde debía cumplirse la citación, pero al final desapareció.
En la siguiente audiencia programada para el 26 de septiembre de 2022 se conectó por espacio de 30 segundos.
El 18 de octubre de 2022 tampoco compareció, alegando nuevas dificultades de salud, las cuales no fueron comprobadas.
Finalmente, no atendió la convocatoria hecha para el 22 de junio de 2023.
“Para la Jurisdicción Disciplinaria resulta evidente que el investigado acudió a un comportamiento sistemático encaminado a dilatar el trámite del proceso penal y específicamente a la no realización de las diligencias, justificando sus reiteradas inasistencias en razones de salud no sustentadas y de mala conexión, sin haber previsto alternativa alguna para mitigar ese impase recurrente.”, señaló la Comisión.
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Y agrega: “incurrió en una conducta violatoria de ley, motivado por la plena conciencia, voluntad y ánimo entorpecedor, en detrimento de los fines del Estado, las víctimas del proceso y la recta administración de justicia”.