Durante las últimas horas de este miércoles, 14 de junio, la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes tomó la determinación de archivar el proceso que se había abierto en contra del fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, quien estaba siendo investigado por presuntas irregularidades en la contratación de sus empleadas domésticas, quienes supuestamente estaban siendo pagadas con recursos de la Fiscalía.
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De acuerdo con una denuncia realizada por la Red de Veedurías Ciudadanas, en cabeza del abogado Pablo Bustos, el fiscal había estado utilizando recursos públicos para financiar la labor de personal de servicios generales en su residencia.
Sin embargo, luego de las pesquisas del caso, la célula legislativa determinó que no se habían estado destinando recursos estatales para el pago de las empleadas.
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Entre las cosideraciones que tuvo en cuenta la Comisión de Acusación para la toma de su decisión, estuvo el señalamiento que, según el expediente, hizo la jefe del Departamento de Construcciones y Sedes de la Fiscalía, Sandra Méndez, quien aseguró que: 'los contratos que han sido suscritos por la Fiscalía General de la Nación para la prestación del servicio de aseo y cafetería, no incluyen en ningún caso la prestación del servicio en la residencia del señor fiscal general de la Nación y por tanto, esta supervisión no ha autorizado ningún pago con recursos públicos con este concepto'.
Lo cual, según señaló el ente, 'es la prueba pertinente, conducente y útil para demostrar que en ninún momento se han utilizado los recursos públicos asignados a la Fiscalía General de la Nación para un uso personal del fiscal, específicamente para contratar empleadas en su domicilio'.
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En esa medida, manifestó la Comisión, 'los hechos que dieron origen a esta actuación judicial quedan sin piso jurídico y probatorio', razón por la cual emitieron la decisión de caracter inhibitorio, conforme a los consagrado en los artículos 327 y 424 de la ley 600 del 2000.
No obstante, el ente aclaró que dicha decisión tiene una 'ejecutoria formal más no material', por lo cual, si llegan a surgir elementos de convicción novedosos qe cambien el sentido de la valoración, es posible reabrir el caso.
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