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Hay una controversia armada en la Cancillería, por el propio canciller Álvaro Leyva, debido al despido de 170 funcionarios a raíz de un concurso de méritos de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

{"titulo":"Ocúpese de sus asuntos: primer ministro de Perú responde a críticas de Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/fuerte-agarron-entre-petro-y-el-primer-ministro-peruano-972457"}

'La Cancillería no bota a sus funcionarios así y porque sí. Menos a quienes trabajan con denuedo y lealtad. La Comisión Nacional del Servicio Civil, so pretexto de un concurso de 'méritos', salió de un plumazo de excelsos servidores. Hay que revisar la ley. Injusta. Atropelladora', escribió en Twitter el pasado sábado el ministro de Relaciones Exteriores.

Al respecto, Francisco Burchardt Melo, presidente del sindicato de empleados de la Cancillería, respondió al 'trino': 'Señor ministro gracias por su atención al asunto. Se pueden tomar acciones afirmativas inmediatas para salvaguardar los derechos de los trabajadores en situaciones vulnerables y a muchos otros según el caso.

Tenemos las propuestas concretas solo es que usted las escuche y evalúe. (...) Este concurso fue promovido por la misma organización sindical. Nuestro llamado es a aplicar las acciones afirmativas para mujeres embarazadas, prepensionados, personas en estado de discapacidad, etcétera, todos protegidos por la jurisprudencia'.

{"titulo":"Nuevo deslizamiento de tierra en Cauca deja varios municipios incomunicados","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/deslizamiento-de-tierra-en-cauca-deja-almaguer-san-sebastian-y-santa-rosa-incomunicados"}

Y la Comisión Nacional del Servicio Civil emitió este domingo un comunicado en el que afirma que 'en Colombia el mérito como mecanismo de acceso al empleo en las entidades del Estado está garantizado por la Constitución y la Ley. La Constitución Política de Colombia de 1991 establece en su artículo 125 que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera administrativa, a excepción de los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley; y que los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público de méritos'.

Y concluye que 'por todo lo anterior, se rechaza cualquier pronunciamiento encaminado a desconocer que los concursos de mérito que adelanta la CNSC, se realizan en cumplimiento de la Constitución, la Ley y los procedimientos establecidos para tal fin, garantizando el debido proceso para todas las personas que participan en el mismo, así como estableciendo el mérito como el único elemento de ingreso y ascenso a la carrera administrativa en Colombia'.