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En la mañana de este miércoles, una tensa situación se vivió en un sector de la Vía al Mar debido a la realización de una diligencia para la entrega de un predio de cerca de 25 hectáreas.

En medio del desarrollo de la diligencia, los ánimos se caldearon y se registraron enfrentamientos entre la empresa de seguridad privada contratada por Grupo de Argos y hombres con palas, picos, machetes y zizallas.

Miembros de la Policía Nacional presenciaron los hechos, pero poco o nada pudieron hacer para evitar las acciones de parte de los hombres para ingresar al predio. La situación se tornó compleja pues en medio de la diligencia se fueron a los empujones y se registró la agresión de varios funcionarios.

La audiencia se cumplió debido a la orden del Juez Primero Promiscuo Municipal de Puerto Colombia, que falló una tutela y en la cual 'revivió' un procedimiento realizado por la inspectora de Policía de Sabanilla-Montecarmelo del municipio de Puerto Colombia.

Según conoció este medio, dicha tutela presentada por Jairo Molinares Villanueva, supuesto propietario del terreno denominado La Playa. Sin embargo, el Grupo Argos –por medio de su equipo jurídico– argumentó que el predio se llama Santa Isabel y es de su propiedad desde la adquisición de Cementos del Caribe.

En su decisión, el togado ordenó la intervención por parte de la mencionada Inspección de Policía, quien –según conoció este medio– había decretado un 'status quo' sobre el predio, que según documentos de escrituras, Registro de Instrumentos Públicos y pago de impuestos pertenecen a Barranquilla y no a Puerto Colombia.

En el documento también se lee que al lote solo podrán ingresar tres personas con el querellante y tres personas de seguridad privada por parte del Grupo Argos, toda vez que se protejan los derechos y el predio a fin de evitar que se registren invasiones en el lote que está en litigio.

Sin embargo, durante la diligencia, el personero municipal de Puerto Colombia, Juan David Ortega Jiménez, quien se declaró impedido en el proceso por cuanto este no es competencia del municipio de Puerto Colombia, sino de Barranquilla.

Es importante indicar que la orden de tutela fue fallada por el juez Alberto Mario Ospino Soto, quien falló la tutela interpuesta por la Unión Temporal Centros Poblados e impidió los embargos que ordenó el Ministerio de las TIC contra dichas cuentas.