El Heraldo
Los políticos locales mientras esperaban la decisión del juez Penal Municipal Bacrim, Ricardo Méndez. Luis Felipe De la Hoz
Judicial

Juez les prohíbe salir del país a 6 políticos del caso Merlano

La Fiscalía apeló decisión y un juez Penal del Circuito debe definirla. 

El juez Único Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías adscrito a Bacrim, Ricardo Méndez, no acogió la solicitud de medida de aseguramiento intramural de la Fiscalía contra Juan Carlos Zamora, Margarita Balén, Aissar Castro Bravo, Aissar Castro Reyes, Jorge Rangel, Lilibeth Llinás y Vicente Támara, los siete políticos locales imputados por los delitos de concierto para delinquir agravado y corrupción al sufragante a favor de Aida Merlano durante las pasadas elecciones del 11 de marzo.

El togado sustentó su decisión señalando que los elementos materiales probatorios entregados por la Fiscalía a su despacho dan cuenta de que “sí hay una inferencia razonable de participación en el delito de compra de votos”. Sin embargo no encontró coherencia en cobijar con medida intramural a los procesados cuando a los 5 capturados en flagrancia el pasado 11 de marzo en el comando de Aida Merlano, un juez homólogo no los cobijó con dicha medida privativa de la libertad.

“No hay elementos materiales probatorios que evidencien que para las campañas de 2015 hayan obtenido curules por compra de votos. Sin embargo en 2018, sí se evidencia la compra de votos, pero Fiscalía no responde a la pregunta, ¿qué dineros fueron para campaña electoral y cuáles fueron para la compra de votos?”, cuestionó el juez Méndez.

El togado añadió que no entiende por qué la Fiscalía sostiene que otra medida privativa no cumple los fines constitucionales para la continuación del proceso.

Sobre Francisco Palencia, testigo clave de la Fiscalía en el proceso contra Merlano y los políticos investigados, el juez señaló que no es claro por qué esta persona visita en el Concejo de Barranquilla a algunos políticos investigados. “Si uno realmente se siente amenazado, no se va a visitar a quien le teme, y después dice que se va a retractar de lo declarado por miedo”.

Otro aspecto que fue discutido por el despacho, es el hecho de que la Fiscalía solo llamara a imputación de cargos a estos 7 políticos, ya que en la investigación se hace mención de otros políticos y personas que presuntamente colaboraron en la compra de votos; sobre el peligro para la sociedad y para la investigación que argumentó la Fiscalía, el juez  destacó: “No se entiende por qué la Fiscalía en vez de llamarlos a imputación de cargos, no les expidió una orden de captura si considera que estas personas son un peligro para la sociedad”, puntualizó el juez Bacrim.

En ese sentido, el despacho impuso medida no privativa de la libertad contra  Juan Carlos Zamora, Margarita Balén, Aissar Castro Bravo, Aissar Castro Reyes, Jorge Rangel y Vicente Támara, aunque advirtió que estos deberán presentarse ante un juez cuando uno se lo requiera, así como la prohibición de salir del país.

En el caso de Lilibeth Llinás, el togado se abstuvo de cobijar con alguna medida a la procesada, ya que a su juicio la Fiscalía no presentó elementos materiales probatorios suficientes para su vinculación al caso y demostrar un supuesto liderazgo en los hechos.

Al final de la diligencia la Fiscalía apeló la decisión del juez. Dicha decisión será resuelta por un juez del circuito de Barranquilla en los próximos días.

 

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