
Los Errores del Pasado
Es relevante resaltar que en el proyecto de ley en cuestión no se contempla la negociación de la extradición de miembros de organizaciones criminales, ni se les otorga ningún tipo de estatus político a dichas organizaciones. Además, se debe tener en cuenta que el proyecto de ley únicamente contempla la pena de prisión como medida punitiva, sin establecer ningún tipo de beneficio administrativo, subrogado o redención para los individuos que incurran en delitos relacionados con la actividad de estas organizaciones.
El proyecto de Ley de Tratamiento Penal de Integrantes de Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto en Colombia es una medida que pretende desmantelar las estructuras armadas que amenazan la seguridad ciudadana en el país. La ley establece mecanismos para que los miembros de estas estructuras puedan someterse a la justicia ordinaria, garantías de no repetición, y se les otorguen beneficios en la punibilidad y la pena con componente restaurativo.
Es importante destacar que la ley excluye a los grupos armados políticos con los que el gobierno adelanta procesos de diálogo o conversaciones de paz. Esto significa que la ley no afectará los procesos de paz en el país y que los grupos armados que estén involucrados en estos procesos no serán objeto de persecución penal tal y como lo conocemos.
La ley establece dos tipos de tratamiento penal para los integrantes de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto: aquellos que renuncien a la persecución penal recibirán una pena de privación efectiva de la libertad seguida de un periodo de componente restaurativo extramural, mientras que aquellos que no renuncien a la persecución penal recibirán una pena de privación efectiva de la libertad en establecimiento carcelario de seis a ocho años, seguida de un periodo de cuatro años de componente restaurativo extramural.
La ley también establece un proceso de sometimiento a la justicia para las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto en Colombia. Este proceso consta de varias etapas, desde la etapa de acercamiento y conversación hasta la etapa de cumplimiento de la pena y condiciones de contribución.
Es relevante resaltar que en el proyecto de ley en cuestión no se contempla la negociación de la extradición de miembros de organizaciones criminales, ni se les otorga ningún tipo de estatus político a dichas organizaciones. Además, se debe tener en cuenta que el proyecto de ley únicamente contempla la pena de prisión como medida punitiva, sin establecer ningún tipo de beneficio administrativo, subrogado o redención para los individuos que incurran en delitos relacionados con la actividad de estas organizaciones.
Aunque es cierto que aún hay aspectos por definir y discutir en relación a este proyecto de ley, es importante destacar que cumple con los estándares de la política criminal y es fruto de un estudio detallado de los proyectos previos que lo preceden. Esto demuestra un compromiso por parte de los legisladores para abordar de manera efectiva la problemática que busca resolver este proyecto.
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