Mientras la Corte Constitucional avala el Proyecto de Ley estatutaria de la Jurisdicción Agraria, que define su estructura, el de Ley ordinaria que reglamenta procedimientos y competencias está para debate en plenaria de Cámara, en medio de acusaciones de dilación y conflictos de intereses.

En diciembre de 2024 el Proyecto fue aprobado en comisiones conjuntas tras un proceso de concertación que logró preservar –eso entendí– la fase judicial automática de los procesos agrarios. Para unos sí, para otros no. Para algunos la decisión administrativa de la ANT es de fondo si no hay oposición, pero en un entorno rural de abandono y control de grupos ilegales, es precario el acceso libre a la justicia y la no oposición puede esconder injusticias.

Para la extinción de domino persiste la fase judicial, una de cuyas causas es la violación grave de normas ambientales. Ahora bien, aunque esta causa de extinción existe desde 1994, ¿Quién determina en primera instancia la violación y califica la gravedad? ¿Acaso nuestras autoridades ambientales “autónomas” y clientelistas o las autoridades indígenas, hoy también ambientales? ¿Acaso el narcoterrorismo?

Para los procesos agrarios sobre baldíos la ponencia, basada en una decisión de la Corte Constitucional, establece que “serán resueltos por la Agencia Nacional de Tierras mediante acto administrativo”. Sin embargo, durante años el Estado promovió la colonización y entrega de tierras, inclusive con decisiones judiciales que, erradas o no, generaron derechos que deberían defenderse ante un juez.

Finalmente, una situación nueva: Según el principio de “Integración de los instrumentos de planificación territorial”, las decisiones judiciales agrarias deben concordar con los POT y demás esquemas de planificación, entre los cuales hoy están las APPA (Áreas de Protección para Producción de Alimentos), con las que el gobierno busca controlar la producción rural, lesionando la autonomía regional, la libertad de empresa y con riesgos para la ganadería. No son temores vanos. Según un especial de El País, “La figura solo busca que se dediquen a la agricultura las tierras aptas para ella, en lugar de la ganadería o la minería”. ¿Acaso las tierras aptas para agricultura no lo son para ganadería?

Y en tan enrarecido ambiente, el director de la ANT presenta demanda ante la Corte Constitucional, solicitando poderes temporales para obviar la fase judicial.

Es la jurisdicción agraria… otra vez, como instrumento para completar tres millones de hectáreas del Acuerdo con las Farc. A propósito, ¿dónde están los billones anunciados para comprar tierras? ¿Por qué la Procuraduría alertó en diciembre de 2024 sobre 645 mil millones no ejecutados?

@jflafaurie